El secretario del Departamento de la Vivienda, William Rodríguez, aseguró que la agencia busca la forma de que se flexibilicen los requisitos del Programa Asistencia Directa al Comprador (PADC), el cual está dirigido a personas que compran por primera vez una vivienda principal proveyendo ayuda económica a individuos y familias elegibles para cubrir los gastos de cierre y el pago inicial de la propiedad.

El programa -que brinda un bono de $25,000 a $35,000 para adquirir un hogar propio- es uno de 20 que se subvencionan con los fondos CDBG-DR (Desarrollo y Revitalización Económica Post Desastre) otorgados a la isla luego de los embates de los huracanes Irma y María en 2017.

En entrevista con Primera Hora el secretario dijo que a través de la última enmienda al Plan de Acción con los fondos CDBG-DR solicita que se modifique el requisito que indica que los beneficiarios deberán ser personas que no han sido propietarios de una vivienda durante el periodo de tres años anterior a la compra de su primer hogar a través del incentivo.

“En el Plan de Acción estamos pidiendo que sea eliminado lo de los tres años y que solo se limite a que sea su vivienda principal... esto aumenta drásticamente la posibilidad de elegibilidad”, indicó Rodríguez.

El PADC cuenta con un presupuesto de $300 millones de fondos federales. Hasta el viernes pasado se habían beneficiado 889 familias, un aumento sustancial con los 27 casos aprobados para enero de 2021.

“Este programa ha acelerado muchísimo. Por ejemplo, aumentó en un 57% sus obligaciones y en un 197% los desembolsos. Y tengo que reconocer que el movimiento cooperativista ha sido fundamental y ha asumido un rol clave. Además, en la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda se añadieron más empleados para atender este programa y que tenga más alcance”, detalló el funcionario.

Hay 49 instituciones financieras participantes y hasta junio las cooperativas habían asumido el 46% de los casos finalizados, según publicó El Nuevo Día.

Entre otros requisitos se pide que el ingreso de la composición familiar de los individuos o familias solicitantes no exceda el 120% del ingreso medio del área.

“Estamos hablando de ingresos bajos a moderados y varía por municipio y hay unas tablas específicas. Por ejemplo, una persona que viva en San Juan con ingresos de $44,000 cualifica para el incentivo. Son ingresos saludables y eso va aumentando dependiendo la composición familiar y donde viva”, explicó Rodríguez.

Con el ejemplo que mencionó Rodríguez un hogar con dos personas pudiera tener un ingreso de $50,900, con cuatro $63,600 y hasta $84,000 para aquellas familias con ocho miembros.

Las subvenciones máximas del programa son $25,000 para ciudadanos que no sean parte de personal esencial de recuperación y $35,000 para hogares que contienen un miembro de personal de primera respuesta. Se consideran empleados esenciales, personas que trabajan en el orden público, educación, bomberos, infraestructura, vigilancia atmosférica, emergencias médicas, profesionales de la salud, cadena de suministros. manejo de emergencias y servicios veterinarios o rescate de animales.

Además, el programa ofrece un incentivo adicional para redesarrollo de hasta $5,000 a las familias elegibles que decidan comprar una propiedad en un centro urbano, según certificado por el Departamento de la Vivienda.

Asimismo, las guías de PADC indican que las propiedades a ser adquiridas deben ser seguras, dignas y salubres. “La institución financiera deberá asegurarse de que se inspeccione y se tase la propiedad de acuerdo con los requisitos del emisor primario del préstamo (es decir, Fannie May, USDA-RD, Fair Housing Administration (FHA) y Veteran Affairs (VA)). La entidad financiera también deberá asegurarse de que la propiedad cumple con los Estándares de Calidad de Vivienda (HQS, por sus siglas en inglés) del HUD y presentar a la AFV un documento que demuestre dicho cumplimiento”, lee el documento.

Los tipos de propiedades inelegibles incluyen los remolques, “campers” y casas flotantes, propiedades de inversión, edificios multifamiliares, segundas unidades u otros tipos de propiedades en las que el comprador no tenga un título individual sobre la propiedad.