El gobernador Pedro Pierluisi firmó en la tarde de hoy, domingo, una medida que enmendará la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico para facultar a los dueños o consecionarios de centros de inspección vehicular a vender y recargar los sellos electrónicos de AutoExpreso.

En un comunicado de prensa, la Oficina de Prensa de La Fortaleza dio a conocer que el Primer Ejecutivo concedió su firma al Proyecto de la Cámara 428, de la autoría del representante novoprogesista Ángel Bulerín Ramos, que estaría incluyendo un nuevo inciso al artículo 12.06 de la ley actual para conceder el servicio a las estaciones de inspección, que incluiría también el aceptar pagos de multa al sistema de peaje prepagado.

Sin embargo, la nueva ley expone de manera expresa que nada de lo dispuesto podrá interpretarse como un cargo adicional al consumidor y ordena a la secretaria del Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), Eileen Vélez Vega, a promulgar toda la reglamentación necesaria en un periodo máximo de 90 días.

Dicha medida había recibido el endoso del Departamento de Justicia y fue favorecida de manera unánime por los miembros de la Legislatura.

Otra medida firmada sobre AutoExpreso firmada por el gobernador fue el Proyecto de la Cámara 653, que exime a vehículos oficiales de emergencia del Gobierno central, federal, de las fuerzas armadas y de los tribunales debidamente identificados, del pago de derechos en las estaciones de peaje y AutoExpreso en caso de terremotos, tsunamis, huracanes y otros fenómenos de la naturaleza que produzcan un estado de emergencia y una declaración de zona de desastre por parte del gobernador o del presidente de Estados Unidos.

También, esta nueva ley exime los vehículos de extinción de incendios, rescate y salvamento, reacción a emergencias y ambulancias de los gobiernos municipales y unidades de la Guardia Nacional. La exención será mientras dure la emergencia y el DTOP otorgará un sello que identifique dichos vehículos de motor como exentos a su paso por las estaciones de peaje o AutoExpreso, en caso de aquellas emergencias.

Por otro lado, y al vencer este año el periodo para que la Autoridad de Transporte Integrado (ATI) no dependa de asignaciones del Fondo General, el gobernador firmó el Proyecto del Senado 289, que enmienda la Ley de la ATI establecida en el 2014. Por lo tanto, al dar paso al proyecto cameral se extiende el periodo de transición de ocho a 14 años porque, según la medida, aún no se han concretado los procesos conducentes a culminar la fusión administrativa de las agencias que forman parte de la ATI, que incluyen a la Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA), la Autoridad de Transporte Marítimo (ATM), la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) y el Tren Urbano.

Por último, Pierluisi firmó la Resolución Conjunta del Senado 39, que ordena al Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles evaluar la transferencia, arrendamiento, usufructo o cualquier otro negocio jurídico de la escuela José Antonio Castillo al municipio de Sabana Grande.

Firma proyecto que pone a Puerto Rico en estándares internacionales de la industria de seguros

En otras medidas que firmó Pierluisi, se encuentra el Proyecto del Senado 722, una medida de administración que enmienda el Código de Seguros para adoptar en Puerto Rico, los estándares de regulación aplicables a las operaciones de reaseguro en jurisdicciones participantes del Acuerdo Internacional(Covered Agreement) sobre medidas de regulación de seguros y reaseguros internacionales bajo la autoridad del Federal Insurance Office (FIO).

De esta forma, la Isla se une a las jurisdicciones de Estados Unidos que deben adoptar, en o antes del 1 de septiembre de 2022, las medidas prudenciales reconocidas por la nación norteamericana, la Unión Europea y el Reino Unido en el Acuerdo Internacional para que sus leyes no queden desplazadas en cuanto sea incompatible con la ley federal del Dood-Frank Act.

Esta medida forma parte de un paquete de cinco piezas legislativas que el gobernador firmó cuya gran mayoría están relacionadas al Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), incluyendo el sistema de AutoExpreso y la Autoridad de Transporte Integrado (ATI).

En el Proyecto del Senado 722, se informa que en la Ley Modelo de Crédito por Reaseguro de la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros (NAIC, por sus siglas en inglés) las jurisdicciones participantes del Acuerdo Internacional son consideradas jurisdicciones recíprocas lo que significa que los reaseguradores domiciliados en estas estarán regulados en igualdad de condiciones con los reaseguradores domésticosincluyendo la eliminación de requisitos de colateral o garantía como condición para suscribir un contrato de reaseguro o para permitir que el asegurador cedente reconozca un crédito por reaseguro.

“La eliminación de barreras comerciales entre las jurisdicciones participantes del Covered Agreement abre las puertas a mayores opciones de compra de reaseguro para los aseguradores domésticos al ampliar la capacidad de solvencia y, por tanto, respaldar las obligaciones asumidas con sus asegurados en sus respectivas líneas de negocios de seguros”, reza la Exposición de Motivos de la pieza legislativa.

La Oficina del Comisionado de Seguros (OCS), entidad que favoreció el proyecto, explicó que el reaseguro es una garantía adicional para que las compañías puedan cumplir con el pago de reclamaciones a los asegurados. A su vez, la OCS indicó que con esta nueva ley los asegurados pueden contar con un mayor acceso a estos productos mientras que las compañías pueden tener el respaldo necesario para poder afrontar las reclamaciones de sus asegurados, en particular por pérdidas relacionadas con catástrofes.