Defensores del matrimonio homosexual en las Islas Caimán y Bermudas lamentaron el lunes el fallo de un tribunal británico de apelaciones contra las uniones entre personas del mismo sexo.

El Consejo Privado del Reino Unido —que funge como la última corte de apelaciones para varias islas en el Caribe— dio la razón al gobierno de Bermudas, el cual apeló un fallo de la Corte Suprema local para permitir el matrimonio homosexual.

El Consejo Privado también falló que los homosexuales no tienen derecho a casarse en las Islas Caimán, según la Constitución.

“Estoy en shock”, dijo a The Associated Press Leonardo Raznovich, un activista local en las Islas Caimán. “La decisión es una ofensa a la dignidad humana”.

Raznovich dijo que planea apelar la decisión del Consejo Privado.

Activistas caribeños esperaban un fallo favorable para intentar cambiar la opinión pública en una región muy conservadora en donde las leyes coloniales en contra de la sodomía se mantienen y el matrimonio entre personas del mismo sexo rara vez se considera un derecho.

“Nos ha tomado tiempo llegar aquí… Hemos tenido que brincar algunos obstáculos. Sin duda serviría como una luz de esperanza para toda la región”, dijo Billie Bryan, fundador y presidente de Colores Caimán, un organismo no lucrativo que defiende a la comunidad LGBTQ.

“Con su decisión, el Consejo Privado sólo reafirmó el opresivo ambiente político de antaño”.

Uno de los cinco jueces en el caso de Bermudas estuvo en desacuerdo. En su fallo, el Consejo Privado reconoció que los antecedentes del matrimonio son “una de las estigmatizaciones, denigraciones y victimizaciones de las personas gay, y que limitar el matrimonio a personas del sexo opuesto puede crear entre las personas gay un sentimiento de exclusión y estigma”.

Sin embargo, agregó que los “instrumentos internacionales y las constituciones de otros países no pueden usarse para interpretar (la constitución de Bermudas) como un derecho al reconocimiento legal del matrimonio del mismo sexo”.

En el caso de las Islas Caimán el falló fue unánime. “El efecto de la interpretación de la junta es que es un asunto de decisión para la asamblea legislativa y no un derecho estipulado en la constitución”, escribieron los jueces.