Luego de la determinación de causa para juicio por asesinato en primer grado y dos cargos de violación a la Ley de Armas contra Jensen Medina, por el asesinato de Arellys Mercado Ríos, el hombre podría enfrentar varios escenarios en dependencia que cómo transcurra el juicio.

Para empezar, aclaró, “el ciudadano tiene derecho a un juicio por jurado, eso lo concede la Constitución. Pero también tiene la opción de renunciar al jurado e irse al tribunal por derecho”, donde un juicio es el que emite el fallo de culpabilidad o no culpabilidad. 

En cualquiera de los dos escenarios, “puede cambiar el grado del delito durante el juicio. El juez o el jurado podrían aminorarlo, según evalúen la prueba que se les presente”, explicó el abogado. 

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De esa forma, evaluó, el delito podría verse como asesinato en primer grado, asesinato en segundo grado o asesinato atenuado. 

Citando el código penal, Prieto explicó que el asesinato en primer grado “requiere que la persona tenga un periodo de premeditación sobre el mismo, que en su mente estuviera pensando en el asesinato”. En segundo grado, es “todo asesinato que no conlleve un grado de premeditación o planificación”. 

El abogado especuló que la defensa probablemente intente bajar el grado del asesinato “buscando probar que podría haber intención, pero no premeditación”. 

En cualquier caso, para establecer el asesinato en primer grado la ley habla de elementos como “veneno, acecho, tortura, propósito o (actuar) con conocimiento”. En el asesinato en segundo grado, detalló, se habla de “toda muerte causada temerariamente”. 

Según Prieto, por lo que se ha visto hasta ahora, “se parece más” a un segundo grado. “Pero el fiscal va a empujar duro para que se dé ese primer grado”, auguró. 

Anticipó, no obstante, que luego de la lectura de acusación la defensa presente una “moción de desestimación” usando la regla que “establece que si los elementos del delito no se probaron, el juez determinó causa contrario a derecho”. Entonces, “habría que ir a una vista preliminar en alzada”. 

En el asesinato atenuado, agregó, se habla de “una muerte causada a propósito, con conocimiento o temerariamente, que se produce como consecuencia de una perturbación mental o emocional suficiente para la cual hay una explicación o excusa razonable o súbita pendencia”. Eso último, abundó, “es como un enfogonamiento o un arrebato de cólera”. 

La defensa podría estar apuntando a buscar que sea atenuado teniendo en la mira el altercado que ocurrió antes del crimen.

La diferencia de grado es fundamental en la pena que recibiría el hombre, si finalmente es hallado culpable. El asesinato en primer grado conlleva una pena de 99 años de prisión; en segundo grado, son 50 años; y atenuado, son 15 años. En todos los casos, sin embargo, “son penas fijas. El tribunal aquí no tiene discreción para bajarlas”. 

De resultar culpable de asesinato, en el grado que sea, en principio debería salir también culpable de los cargos de violación a la Ley de Armas. No obstante, Prieto aclaró que “podría darse una situación extraordinaria en que un jurado quite los cargos de armas. Y eso ha pasado en otros casos”. 

En particular, opinó, el cargo por no tener la licencia para portar y usar armas “podría enredarse, porque hay unas disposiciones administrativas dentro de la ley que chocan, y podría surgir algún argumento con relación a eso”. 

En caso de resultar culpable de los cargos de armas, explicó el abogado, cada uno de los cargos conlleva unas penas que “se tienen que cumplir de manera consecutiva y se cumplen en años naturales. Es decir, que esos cargos no bonifican” para una reducción de pena. O sea, que tendría que cumplir por completo la cantidad de años que se le imponga por los delitos de armas, “y luego empiezan los de asesinato”. 

Prieto detalló que en el cargo por portar el arma sin licencia la pena “dice 10 años, pero tiene una disposición que se duplica la pena si la usa (el arma) para cometer un delito. Así que podrían ser 20 años”. En el cargo por apuntar y disparar el arma “va una pena fija de 5 años y se duplica si la usas para cometer un delito”. 

“O sea que podrían ser hasta 130 años de prisión en el escenario de (salir culpable) de asesinato en primer grado. Si sale culpable, incluso en el mejor escenario, serían 20 o 25 años tras las rejas”, explicó el abogado, agregando que “ninguno de los delitos cualifica para una probatoria”. 

“Ahora queda esperar a las próximas fechas y ver como se desarrolla. A la fiscalía le queda mucha prueba por presentar, que no tenía que presentar en esta etapa, pero que tendría que traer al juicio”, explicó Prieto. “La defensa se empleó a fondo en sacar la mayor información y atacar la credibilidad de los testigos. Hizo un buen trabajo y tendrá más oportunidad de seguir haciéndolo durante el juicio”.