El que fuese director de Recursos Humanos del municipio de Guaynabo durante los tres años en que una exabogada de la División Legal, supuestamente hostigada por el hijo del exalcalde Héctor O’Neill, desmintió esta tarde que la mujer le haya comunicado los alegados incidentes de índole sexual que atravesó en su lugar de trabajo.

“¿Mientras la señora (Inés María) Jelú trabajaba en la División Legal le mencionó que Héctor O’Neill Rosa la hostigaba?”, le preguntó el abogado de la demandante, Pedro Vázquez.

“No. Nunca”, fue la respuesta de Eduardo Farria durante el juicio civil que se realiza contra el municipio de Guaynabo ante el juez Raúl Arias Marxuach, del Tribunal federal de Distrito, en Hato Rey.

La acción provocó que la abogada, apellidada Jelú Iravedra, moviera la cabeza en acción de rechazo. Es que ella ha reiterado durante el juicio que le comunicó a Farria que era hostigada sexualmente por O’Neill Rosa antes de radicar su querella formal el 13 de julio de 2015. También ha dicho que se lo comunicó a los exdirectores de la División Legal, Héctor Hoyos y Denisse Rodríguez.

Las preguntas del abogado Vázquez continuaron. Pero, en esta ocasión, confrontó a Farria con una deposición que había ofrecido hace varios años sobre el caso. Le preguntó si “Jelú le mencionó que O’Neill Rosa la molestaba”.

“Sí”, fue su respuesta. Pasó, entonces, a explicar que la queja ocurrió “en algún momento cuando estuvo la convocatoria abierta en (diciembre) del 2014” para un puesto de abogada 3 en el municipio.

“¿Qué le dijo sobre el comportamiento de O’Neill Rosa?”, le indicó Vázquez.

“Del comportamiento, nada… Que la estaba llamando relacionado a la convocatoria de empleo”, detalló el exdirector de Recursos Humanos del municipio, quien en la actualidad labora como abogado de la División Legal del ayuntamiento.

Asimismo, Farria precisó que acudió donde la exvicealcaldesa del municipio, Aureliz Lozada Centeno, para indicarle que O’Neill Rosa había llamado a Jelú Iravedra para hablarle sobre la plaza disponible y que él entendía que este no debía intervenir en asuntos del municipio. Alegó que “no recuerda” la expresión que le hizo la funcionaria cuando le llevó la preocupación.

Farria dio este testimonio en medio de un proceso en que el abogado del municipio, Claudio Aliff Ortiz, objetaba en reiteradas la línea de preguntas de Vázquez. Es que, en un principio, el letrado unía las aseveraciones de “hostigaba o molestaba” en sus preguntas, cuando Farria solo se refirió a “molestaba”.

Por otro lado, durante el testimonio de Farria salió a relucir que el expediente en papeles de Jelú Iravedra no se encontraba en el municipio y que el expediente electrónico estaba incompleto.

No se explicó que le ocurrió al expediente. Sin embargo, la mujer ha mencionado en reiteradas ocasiones de la existencia de cartas que vio y el municipio no le pudo entregar como parte de este proceso judicial. Entre estas se alega que está una en la que la exdirectora de la División Legal, Ana Quintero, le informaba en diciembre de 2015 que sería despedida.

Asimismo, Farria fue cuestionado sobre si Jelú Iravedra tenía derecho a una vista administrativa sobre la querella de hostigamiento sexual que radicó el 13 de julio de 2015 ante el municipio y que fue investigada por el ahora senador Miguel Romero. Comentó que “no, en mi opinión no”.

La razón que expresó el exdirector de Recursos Humanos fue que O’Neill Rosa no era un empleado del municipio y no se le podían imponer sanciones disciplinarias.

El juicio civil continúa el lunes a las 9:00 a.m. con el testimonio de una mujer. Luego, los abogados de la demandante, Vázquez y José Quetglas, someterían el caso para que el municipio de Guaynabo pase a presentar a sus testigos. Sin embargo, trascendió que los abogados del ayuntamiento, Aliff Ortiz y David Rodríguez Burns, presentarían una moción para solicitar la desestimación de la demanda.

Si el caso no se desestima, el municipio presentaría a O’Neill Rosa como su testigo. Este, de hecho, acudió hoy al Tribunal federal de Distrito y se presentó ante el juez Arias Marxuach. No obstante, fue despachado, debido a que la parte demandante no había concluido con su presentación de la prueba.