El Tribunal Supremo de Puerto Rico autorizó el uso de cámaras y equipo audiovisual para la transmisión y grabación del juicio contra Jensen Medina Cardona, según se dispuso en una resolución notificada hoy, 21 de octubre.

El juicio contra Medina Cardona  -acusado de asesinar a Arellys Mercado Ríos en un confuso incidente por un celular en la Marina Boulevard, en Fajardo- está prevista a comenzar este jueves 24 de octubre en el Tribunal de Fajardo.

El pasado 10 de octubre los abogados de Medina Cardona – los licenciados Jorge Gordon y Orlando Cameron sometieron una moción para oponerse a que el Tribunal Supremo de Puerto Rico autorizara la transmisión y la grabación del juicio tras denunciar que en la etapa de la vista preliminar, que fue transmitida públicamente, se llevó un “atropellado proceso criminal contra nuestro representado”.

“Somos del criterio que las circunstancias con el procesamiento criminal del señor Medina Cardona, sin duda alguna, han recibido cuantiosa publicidad excesiva y exageradamente perjudicial, al punto de que gran parte de la ciudadanía ya tiene su mente claramente formada sobre el asunto. Es decir, la transmisión de la vista preliminar tuvo el efecto indiscutible de lesionar el derecho fundamental del señor Medina Cardona a disfrutar de un juicio justo e imparcial”, señalaron los abogados en el escrito.

Los abogados añadieron que la transmisión de la vista preliminar por parte de los medios de comunicación fue “desmedida y descontrolada”.

“Ha propendido a que en su día será prácticamente imposible conseguir candidatos o candidatas a jurados imparciales que no se hayan contaminado con el bombardeo informático en contra del señor Medina Cardona”, se estableció.

A esto el Tribunal Supremo respondió que “la cantidad de la información publicada no es el único criterio que se debe tomar en cuenta para medir el efecto perjudicial de la publicidad en el ánimo de los jurados. Es concebible que en ciertos casos excepcionales, aun cuando la difusión de la información sobre el caso sea limitada, la naturaleza perjudicial y las circunstancias de la publicación sean tales que provoquen un menoscabo en el derecho a un juicio imparcial del acusado”.

“Nótese que queda en manos del juez o la jueza que preside el trámite judicial emplear los recursos necesarios y tomar las medidas adecuadas para no violentar el; derecho del acusado a un juicio justo e imparcial. Esto es parte del manejo y control de la sala del tribunal”, agrega el documento firmado por el juez asociado Erick V. Kolthof.

Además, la resolución hace constar que aunque no se pueda controlar la connotación que la prensa le da a una noticia, el tribunal sí puede garantizar que la transmisión del proceso sea una transparente.

“[…], o sea, que le permita al público televidente juzgar qué fue lo que realmente ocurrió. Es ahí donde opera el protocolo que con estas guías activamos tanto para el manejo y control de la sala que debe tener el tribunal de instancia como para la oficina de Prensa de la DAT y los medios de comunicación”, reza la resolución.

El pedido fue sometido por los medios de comunicación del país, incluído GFR Media.