¿Qué le espera a un imputado de asesinato si se prueba que este padece de sus condiciones mentales?

La defensa en casos como el del infante de marina al que le achacan la muerte de dos residentes de la comunidad El Tuque, en Ponce, tiene que evidenciar su alegada incapacidad.

El concepto “incapacidad sustantiva”, para que opere como una causa de no inimputabilidad, requiere que la persona “al momento de los hechos” no haya tenido capacidad mental para entender la criminalidad de su acto.

Si se determina que la persona era incapaz mentalmente, entonces no es responsable penalmente del crimen que se le atribuye. 

Nada de esto implica, sin embargo, que la persona se va a ir para su casa sin más.

Aunque no se la pueda ingresar en la cárcel, la persona sí puede quedar sujeta a una medida de seguridad -o de ingreso a institución adecuada para su tratamiento-, que de acuerdo al nuevo Código Penal no está sujeta a límite de tiempo.

Bajo el Código anterior (el de 2004), la medida de seguridad no podía ser más severa, ni tener mayor duración que la pena aplicable al hecho cometido; ni tampoco podía exceder el límite de lo necesario para prevenir la peligrosidad del autor.

El nuevo Código Penal también estableció dos criterios para la medida de seguridad en cuestión: uno, que la persona sea tan peligrosa que constituya un riesgo para la sociedad y, dos, que se estime que el tratamiento lo va a beneficiar.

Cuando se decidió añadir el criterio del beneficio para el paciente se llegó a plantear que ello podría ser objetado constitucionalmente.

El ex secretario de Justicia, Antonio Sagardía, explicó que en casos como el del ex marine Orlando Rivera González, existe la defensa de no procesabilidad, que implica que el individuo al momento de ser juzgado no entiende el proceso, ni tampoco no puede ayudar en su defensa.

Ese alegato requiere que la defensa presente una moción a esos efectos.

Si se determina que la persona tiene incapacidad procesal permanente, también puede quedar estar sujeta a una medida de seguridad.

Ese cambio se introdujo en 2011.

Anteriormente, la orden de ingreso en una institución terapéutica aplicaba solamente cuando la persona resultaba absuelta en un juicio o en la vista preliminar se determinaba no causa por incapacidad mental.

Cabe señalar que la imposición de la medida de seguridad descansa en la discreción del tribunal.

El periodo en que estará internada la persona que se determina no imputable de delito, es también una disposición de sentencia judicial. 

El Tribunal continuará teniendo jurisdicción sobre el ciudadano y, de nuevo, la estadía se va a prolongar por el tiempo “requerido para la seguridad de la sociedad y el bienestar de la persona internada”.

La medida de seguridad nunca podrá imponerse sin previo examen e informe psiquiátrico o psicológico realizado por un profesional designado por la corte.

“Anualmente, el tribunal se pronunciará sobre el mantenimiento, la modificación o la cesación de la medida de seguridad impuesta, sin perjuicio de poder hacerlo en cualquier momento en que las circunstancias lo aconsejen o a petición de la persona bajo cuya custodia se halle el internado”, se consigna en el Código Penal.

El estado incluso puede decidir ni radicar el caso, si la condición del imputado de delito es más que evidente, dijo Sagardía.

¿La insanidad mental es fácil de probar?

“No es fácil porque los jurados en Puerto Rico no están tan adiestrados. Sobre esas teorías es muy difícil convencerlos… Tiene que ser un caso bien extremo, y los casos bien extremos (de incapacidad) casi nunca van a juicio, porque los fiscales no los radican”, señaló el ex Titular de Justicia.

El ex marine Orlando Rivera González fue acusado de darle muerte a Carmen Delgado Rivera, de 73 años.

Se le atribuye también haber asesinado Pablo Martínez Madera.

El joven de 30 años estuvo dos veces en Afganistán y padece de estrés post traumático, condición médica que se le complicó con otras enfermedades mentales.

Rivera González intentó suicidarse dos veces y la familia hizo múltiples gestiones para que la Administración de Veteranos lo hospitalizara, pero nunca lo consiguió.