El Procurador de Personas con Impedimentos deberá argumentar y presentar prueba de por qué su posición es considerada como una cuasi judicial y por qué alega que su destitución del puesto es por discrimen político.

Así lo ordenó el juez federal Daniel R. Domínguez, quien citó a una conferencia sobre el estado de los procedimientos para el 24 de septiembre.

Iván Díaz Carrasquillo demandó al gobernador Alejandro García Padilla y otros funcionarios del gabinete por entender que se discriminó políticamente contra él al ser despedido del puesto que ocupa desde 2011 y que tiene un término de 10 años.

En la vista pasada, llevada a cabo el mes pasado, Domínguez se expresó a favor de la posición de Díaz Carrasquillo, mas ahora pautó otra vista para que el demandante explique los puntos sobre supuesto discrimen político y posición cuasi judicial.

Domínguez planteó que el demandante tiene un puesto de 10 años, a menos de que se presente prueba sobre causales para destituirlo por negligencia o acciones impropias en su puesto. Agregó que es una persona con funciones cuasi judiciales y cuasi legislativas, por lo que "está protegido por ley y solamente se le puede despedir bajo justa causa".

La abogada del Departamento de Justicia que representa a García Padilla y a otros demandados, Wandymar Burgos, explicó que este caso no fue un despido, sino la eliminación de la Oficina del Procurador de las Personas con Impedimentos (OPPI) y, por ende, del puesto de procurador.

"La oficina dejó de existir. El Gobernador no lo está removiendo del cargo. La oficina dejó de existir por orden legislativa. El Gobernador no lo despidió. La oficina ya no existe, por lo que no puede reclamar interés propietario... (La ley) Lo creó y puede abolirlo. Es absurdo reclamar interés propietario cuando no aplica", sostuvo la abogada en la vista pasada.

El abogado de Díaz Carrasquillo, Jean Phillip Gauthier, recordó que cuando la Ley 1 de 2011 eliminó la OPPI, la misma no dejó de existir y su representado y los empleados siguieron realizando las mismas funciones. Dijo que ahora hay "una nueva versión" de la OPPI y que la intención legislativa al crear la oficina era que el procurador estuviese 10 años en el puesto para que no se afectaran las funciones por los comicios electorales de cada cuatro años. Agregó que "no hay duda" de que hay interés propietario.

Domínguez dijo en ese momento que no tocaría alegaciones de que la destitución es a raíz de que el demandante no es afiliado del Partido Popular Democrático (PPD).

El 24 de julio pasado, García Padilla derogó el Plan de Reorganización de 2011, firmado por el entonces gobernador Luis Fortuño, y nombró como procurador interino a Ramón Calzada Jiménez.

Dicho plan derogó las leyes que crearon las procuradorías de personas con impedimentos, la de personas de edad avanzada, del veterano y de salud, consolidándolas bajo la Oficina de Administración de las Procuradorías (OAP).

La parte demandada señala que la nueva ley disuelve el Plan de Reorganización y le confiere a García Padilla nombrar a los procuradores.