El juez juan A. Reyes Colón, emitió una resolución declarando “sin lugar” la Solicitud de Reconsideración sobre las Recusaciones Motivadas de cuatro miembros del jurado que presentó la defensa de Anthonieska Avilés Cabrera, acusada por el crimen de Gabriela Nicole “Lela” Pratts Rosario, de 16 años.

“El proceso de entrevistas a los potenciales jurados ha sido extremadamente minucioso y detallado, concediéndole amplio espacio a las partes para examinarlos. De la totalidad de las circunstancias expresadas o contestadas por dichos candidatos (hoy jurados) , este Tribunal concluyó que podrían emitir una determinación justa e imparcial...”, expresó el juez en su resolución suministrada por la Oficina de Prensa del Poder Judicial.

Añadió que, la defensa no presentó solicitud de recusación a pesar de tener disponibles suficientes perentorias para así hacerlo. “Por cuanto sin lugar la solicitud de la defensa”.

Las recusaciones perentorias son el derecho que tienen la defensa y la fiscalía en un juicio para rechazar a un candidato a jurado sin tener que dar una razón o explicar por qué no lo quieren.

El Ministerio Público, había expresado que se oponía a la solicitud de la defensa debido a que no se había establecido la justa causa requerida para alterar la composición del jurado ya seleccionado y juramentado.

“No demuestra que alguno de los cuatro jurados sea incapaz de juzgar la causa con completa con imparcialidad. Tampoco demuestra que alguno haya contestado falsamente bajo juramento o que haya omitido información deliberadamente”, indica el documento presentado ayer por la fiscal l Belinda Brignoni Hernández.

Según plantearon las licenciadas María S. Sáez Matos, Athelyn J. Jiménez Emmanuelli y Rocío Revelles Ponce, de la Sociedad para Asistencia Legal (SAL), estos jurados no serían imparciales debido a que sus contestaciones supuestamente reflejaban prejuicio o parcialidad contra la acusada.

“A los fines de garantizar los derechos constitucionales, tanto a nivel estatal como federal, de nuestra clienta a un debido proceso de ley, a la presunción de inocencia y a un juicio justo ante un jurado imparcial”, indica el documento original radicado por SAL.

Mientras que Brignoni Hernández ha reiterado que “nosotros hemos tenido una amplia oportunidad para hacer un voir dire (término legal que significa decir la verdad en el interrogatorio de los candidatos a jurado) extenso y riguroso, que se ha dividido, como siempre lo he explicado, entre las motivaciones por enfermedad, la publicidad excesiva, más preguntas que hace el juez, que hace la defensa y el Ministerio Público”.

A su vez, advirtió que a ninguno de los jurados objeto de la moción se le preguntó por qué omitió determinada información en el cuestionario, por lo que entiende que no puede establecerse “mendacidad”.

El 17 de agosto, se conformó el jurado que va a tener a su cargo juzgar los hechos, evaluar la evidencia y emitir su veredicto, el cual lo integran nueve hombres y tres mujeres.

El lunes próximo se continuará con la selección de cuatro a seis jurados suplentes.

También el juez le concedió a la fiscalía la citación de dos testigos menores de edad para ser juramentados el 24 de agosto.

El 7 de agosto, la defensa recibió los expedientes del Sistema de Información de Justicia Criminal de los candidatos tras radicar una moción a esos fines.

Avilés Cabrera enfrenta con agravantes cargos por los delitos de asesinato en primer grado y violación a la Ley de Armas, por el crimen de la menor ocurrido el 11 de agosto de 2025 en el desvío Roberto Colón, en Aibonito.

La fecha del inicio del juicio está señalada para comenzar el próximo 15 de octubre.

En un juicio separado que culminó el 23 de julio, en unas tres horas un jurado encontró culpable a su madre, Elvia Cabrera Rivera, por los mismos cargos en común y mutuo acuerdo. La defensa se prepara para apelar la decisión.