Informarán por escrito decisión sobre posible destitución de abogados de Jensen
La jueza Sylmarie De La Torre Soto hará su determinación ante el escenario planteado por la fiscalía.

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 años.
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La jueza Sylmarie De La Torre Soto, del Tribunal de Fajardo, someterá por escrito la determinación que tomará sobre la solicitud del Ministerio Público para que descalifiquen al equipo legal de Jensen Medina Cardona -acusado de asesinar a Arellys Mercado Ríos-, ante alegaciones de que incurrieron en faltas éticas al entrar en contradicciones respecto a cuál y cómo fue su participación durante la ocupación de armas del procesado que hizo la policía.
La decisión de la jueza se llevará a cabo luego de haber escuchado durante tres horas las intensas argumentaciones de la Fiscalía y de los abogados de Jensen -representados por Jorge Gordon Menéndez, Orlando Cameron Gordon y Jorge Gordon Pujol- quienes sostienen que fueron “engatusados” por el agente investigador del caso Luis Alejandro Velázquez el día que se llevaron a cabo unos allanamientos en la residencia del acusado, ubicada en el complejo Millenium (Caguas) y otro en la casa de su madre en el barrio Río Cañas (Caguas).
En esta ocasión el equipo legal de Jensen llegó a modo de escuadrón, y es que los veteranos abogados criminalistas Pablo Colón Santiago y Ramón Nevares Andino fueron contratados para representar a los licenciados Gordon Pujol y Cameron Gordon, respectivamente. Gordon Menéndez decidió representarse a sí mismo por derecho propio.
De entrada, la jueza dejó establecido que no pasaría juicio sobre cualquier alegación presentada sobre las supresiones de identificación y de evidencia por ocupación de armas que aun están por resolverse en el tribunal.
“Mi propósito es dilucidar la posibilidad de que el licenciado Cameron sea potencial testigo del Ministerio Público y si aplica en este caso el canon 22 (de los Cánones de Ética de la abogacía) para que se dé la renuncia o descalificación de abogados de defensa”, dijo la jueza De La Torre Soto al hacer hincapié en que sólo el tribunal Supremo tiene autoridad para imponer sanciones de surgir violaciones de ética por parte de un abogado.
En la moción en la que solicitan la descalificación de los tres abogados, el Ministerio Público alude a que el equipo legal de Jensen pudo haber violado los cánones 17 (Litigios Injustificados), el 22 (Abogado como testigo), el 35 (Sinceridad y Honradez) y el 38 (Preservación del Honor y dignidad de la profesión).
De hecho, en la moción colocaron un extracto de lo que expone el canon 22 de los Cánones de Ética que rigen a la profesión de abogados. La misma reza: “Excepto cuando sea esencial para los fines de la justicia, el abogado debe evitar testificar en beneficio o en apoyo a su cliente. Cuando un abogado es testigo de su cliente, excepto en materias meramente formales, tales como la comprobación o custodia de un documento y otros extremos semejantes, debe dejar la dirección del caso a otro abogado. Igualmente, un abogado debe renunciar la representación de su cliente cuando se entera de que el propio abogado, un socio suyo o un abogado de su firma puede ser llamado a declarar en contra de su cliente”.
Tal como hicieron mediante moción, la Fiscalía -en voz de Eduardo Beale- fundamentó la solicitud de descalificación con alegados actos y manifestaciones realizadas por Cameron Gordon durante la ocupación de las armas del acusado aludiendo que este se pudiera convertir en testigo del Estado al entrar en contradicciones sobre si cooperó o no en el proceso de registro y allanamiento hecho en dos residencias de Caguas. Este proceso ocurrió el 21 de agosto, el mismo día que se le radicaron cargos por asesinato en primer grado y dos violaciones a la Ley de Armas al hoy acusado. Arellys fue asesinada el 18 de agosto en Villa Marina Boulevard, en Fajardo, en medio de un confuso incidente por un celular.
El Ministerio Público explicó que ese día 21 de agosto se les informó a los abogados que había tres órdenes de registro y allanamiento con el fin de ocupar las armas del aquel entonces imputado que había salido libre bajo fianza, pero con restricciones impuestas por el tribunal. La defensa sostiene que, en ese momento, desconocían el contenido de las órdenes salvo que eran con el fin de ocupar las armas.
Entonces, en consenso entre las partes, se decidió proceder a ejecutar las órdenes en un operativo liderado por Alejandro Velázquez, agente del Cuerpo de Investigaciones Criminales (CIC) de Fajardo.
Las órdenes, según lo trascendido en sala del tribunal, correspondían a hacer un registro y allanamiento de la residencia de Jensen, en la urbanización Millenium, así como ocupar las cámaras de seguridad del hogar con el fin de ver las horas de llegada y salida del procesado. Una tercera orden era para registrar y allanar la guagua Dodge Ram (negra) del acusado con el fin de ocupar las armas en el vehículo, de estas haber estado allí. La defensa sostiene que sólo tuvo acceso a la orden que hablaba de las cámaras de seguridad en Millenium y que ni siquiera se les entregó copia de la misma, aunque la solicitaron. Aunque conocían que había otras dos órdenes, su contenido nunca fue mostrado la noche de los allanamientos, sostuvieron los letrados que están dispuestos a sentarse en la silla de testigos y decir bajo juramento lo expuesto. “Al licenciado Cameron le enseñaron solo una orden porque el agente Alejandro Velázquez decidió guardarse para sí dos órdenes”, dijo Gordon Menéndez en la sala.
El primer lugar visitado aquella noche del 21 de agosto fue la casa de Millenium, a donde Jensen y su padre, Julio Medina, llegaron acompañados de Cameron Gordon y Gordon Pujol. Al hogar también llegó la hermana de Jensen, Glenda Lee Medina, pues era ella quien tenía las llaves para poder abrir la propiedad. Allí, la policía obtuvo los vídeos de las cámaras de seguridad e hicieron un registro de la residencia, pero no encontraron ningún arma.
Es a partir de este momento donde entra en disputa la credibilidad de las partes, pues cada una alega circunstancias diferentes del proceso en el que se llevó a cabo la ocupación de las armas.
Por un lado, los abogados aseguran que estando la policía en Millenium y ante el panorama de no haber encontrado las armas en el lugar, que el agente Alejandro Velázquez le pregunta a Glenda Lee si Jensen se había estado quedando en algún otro lugar. Entonces, la fémina responde que sí, que el acusado había estado pernoctando en la casa de su madre, ubicada en el barrio Río Cañas.
“Allí están las armas… para allá es que hay que ir”, sostuvo Gordon Menéndez en sala que dijo en ese momento el policía, al tiempo que le solicitó a la mujer que si podía llevarlos hasta ese lugar.
Según Gordon Menéndez la mujer le pidió a Cameron Gordon que la acompañara y este accedió. Según los abogados, en todo momento Cameron Gordon se quedó afuera de la residencia y a este nunca se le mostró la orden de registro y allanamiento. El abogado no objetó en ese momento el asunto porque ya le habían indicado que había tres órdenes del tribunal relacionadas a tratar de ocupar las armas de Jensen. Al parecer Cameron Gordon supuso que una de esas órdenes correspondía a un permiso para registrar y allanar la residencia ubicada en Río Cañas, pero esa orden nunca existió y no lo supo hasta tiempo después durante un descubrimiento de prueba.
Una vez llegaron a la casa de Río Cañas la policía se dirigió al segundo nivel de la residencia pues era allí donde había pernoctado el acusado. Según se desprende de la declaración jurada del agente Alejandro Velázquez una mujer -que no identificó- lo dejó pasar. Fue entonces, según la versión de la defensa, que la policía entró a un cuarto y ocupó las armas que estaban ubicadas en una bolsa. Como Jensen no estaba en el lugar pues debía cumplir con una orden restrictiva de permanecer en Millenium -para no salir de la geolocalización registrada en su grillete electrónico- la policía le solicitó firmar el recibo de la prueba ocupada a su hermana Glenda Lee.
Sin embargo, la Fiscalía tiene otra versión de los hechos y alude que fue Cameron Gordon quien por “voluntariedad” y en un ánimo de “cooperador” quien conversó a nombre de su cliente con el agente Alejandro Velázquez para llevar a la policía a la casa de Río Cañas pues tenía conocimiento que las armas estaban allá.
Explicó que, incluso, fue Cameron Gordon -acompañado de Gordon Pujol- quien los dirigió hacia el lugar conduciendo su vehículo personal. Allí, según el fiscal el abogado procuró que la hermana de Jensen le entregara las armas al agente investigador. De hecho, Beale dijo en varias instancias que Cameron Gordon coordinó esa entrega de armas antes de saber siquiera que existía una orden de registro y allanamiento para ello.
“Señoría esto fue una entrega voluntaria”, dijo Beale a la juez a la que en otro momento le expresó “usted es el antibiótico para acabar con tanta falsedad”.
En cambio, los abogados sostienen que siempre tuvieron actitud de cooperar, pero era con el “diligenciamiento” pues nadie puede ir sobre órdenes del tribunal. Sin embargo, reiteraron que nunca supieron el contenido de dos de las tres órdenes de registro y allanamiento. De hecho, los abogados aseguraron que el 21 de agosto, tras ocupadas las armas, el agente Alejandro Velázquez les notificó que esas dos órdenes las llevarían a cabo “luego” pero no ofrecieron detalles.
Fuera de sala, los abogados Nevares Andino y Colón Santiago explicaron que los Gordon advinieron en conocimiento del contenido de las órdenes “meses después” de que se ocuparon las armas durante el proceso de descubrimiento de prueba, una vez se le encontró causa para juicio a Jensen.
“Nosotros desconocíamos el contenido de la segunda y tercera orden porque no la teníamos. La ilegalidad del proceso surge cuando nos entregan los documentos en el descubrimiento de prueba… En ese momento de descubrimiento de prueba, dos o tres meses después, es que nos damos cuenta de que ocurrió registro y allanamiento ilegal en Río Cañas”, indicó Nevares Andino.
Agregó que no se puede inferir que el registro y allanamiento de Río Cañas fue consentido por Cameron Gordon, meramente porque estaba presente.
“La presencia de Cameron Gordon no significa que se les dio consentimiento implícito para entrar”, sostuvo.
¿Por qué no pidieron las órdenes?, se le cuestionó al abogado. “Aunque yo no la pida es obligación de ellos (policía) presentarla porque así lo dispone la regla de procedimiento criminal”, respondió.
Mientras, a las 2:00 de la tarde se llevó a cabo una vista de estatus de procedimientos referente a la moción de supresión de evidencia en la sala 305 de la jueza Karelys Díaz, quien fijó para el 26 de diciembre la continuación de este procedimiento.
De otra parte, tanto fiscales como abogados, contemplan que antes del viernes la jueza De La Torre emita su determinación sobre la solicitud de descalificación del equipo legal de Jensen. Mientras este asunto no sea resuelto, no se podrá continuar con cualquier otra consideración del tribunal previo a la celebración del juicio en su fondo el cual fue repautado para el 14 de febrero.