El juez superior Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, ordenó hoy el cierre del negocio Ocean Club, localizado en la avenida Juan Ponce de León, en la Parada 17, Santurce, por operar en violación a los acuerdos alcanzados con el Municipio Autónomo de San Juan.

Durante la vista de “injunction” se dio a conocer que el club nocturno actuaba como discoteca sin contar con los permisos requeridos y fuera de las horas autorizadas.

La oficina de prensa del Poder Judicial informó que también el juez revocó el Permiso Único que ostentaba para operar a favor de la entidad A & G, LLC.

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La determinación se produjo tras reportarse un tiroteo en el establecimiento durante la madrugada del pasado domingo, que dejó el saldo de cinco personas heridas de bala, entre ellas una turista de 25 años, residente en Texas.

La balacera, que ocurrió en medio de una pelea entre dos clientes, se reportó unas dos horas después del horario que se le señaló para su cierre.

Durante el proceso judicial se aclaró que la decisión del tribunal responde al incumplimiento de los acuerdos a los que se llegó con sus propietarios y no por el incidente de violencia.

Este miércoles, el municipio sometió una moción en solicitud urgente en solicitud de desacato y en solicitud de paralización y/o revocación de permiso ante el Tribunal de San Juan para solicitar el cierre del bar y discoteca.

En el acuerdo alcanzado el 20 de octubre, Ocean Club se comprometió a operar de lunes a viernes, hasta la 1:00 a.m. y sábados y domingos, hasta las 2:00 a.m.

Además, estaba obligado a establecer un plan de seguridad en el establecimiento que incluyera detectores de metales y/o personal de seguridad que impidan la entrada de armas al negocio con el propósito de evitar y prevenir cualquier desgracia que pudiera ocurrir dentro o en los alrededores del establecimiento.

Debía instalar un sistema de cámaras de seguridad que se mantenga en grabación continua durante el horario de operaciones y resguardo de al menos siete días, sin embargo, solo tenía dos cámaras enfocando hacia la barra y la caja registradora.

“El peticionado nos argumenta que las obligaciones contraídas con el Municipio de San Juan en el acuerdo presentado al Tribunal, tomarían vigencia a partir del 9 de noviembre de 2023, fecha en la que alegadamente entra en vigor el Nuevo Código de Orden Público del Municipio de San Juan. Sostiene que no acepta estar obligado desde el momento de la firma de los acuerdos, porque cerrar sus operaciones conforme al horario del Nuevo Código lo coloca en desventaja frente a su competencia, quienes estarían operando fuer de dicho horario. Este argumento no nos convence”, indicó el juez en un fragmento de su resolución.