Juez se reafirma en absolver al radiólogo que causó la muerte de universitario guiando borracho

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 16 años.
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Mayagüez.- No ha lugar moción de reconsideración en caso radiólogo que ebrio provocó accidente con un muerto y dos heridos.
El juez Arnaldo Jerónimo Irizarry Irizarry, declaró no ha lugar la moción de reconsideración que radicó el ministerio público en el caso donde el radiólogo Tomas Irizarry Concepción fue declarado no culpable de homicidio negligente, el pasado 27 de agosto, por la muerte del estudiante universitario, Juan Carlos Santana Rodríguez en hechos que se remontan al 25 de agosto de 2005.
La resolución de no ha lugar del juez Irizarry Irizarry hecha por el piso las esperanzas que tenía Juan Carlos Santana, padre de la víctima, que acudió al juicio confiado de que se le hiciera justicia a la muerte de su hijo.
"Ya no podemos ir más arriba, entiendo que esto se acabó, solo nos queda el dolor y resignarnos a la pérdida de mi hijo y lamentablemente con la desconfianza en el sistema de justicia" dijo Santana al asegurar que fue al tribunal con la fe puesta de que "las dos varas no existían, pero aparentemente si existían".
El fiscal José Arocho había radicado dos mociones, una para que reconsiderara el veredicto de absolver a Irizarry Concepción de Homicidio Negligente y una segunda moción urgente para que se le revocara provisionalmente la licencia de conducir o se le restringiera en lo que se le dictaba sentencia.
Para el juez Irizarry Irizarry el ministerio público no probó todos los elementos del delito, de homicidio negligente, según exige la constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por lo que declaró no ha lugar la moción.
En el caso de la segunda moción, el juez Irizarry Irizary resolvió que el tribunal habrá de evaluar el contenido de la misma el día en que dicte la sentencia a Irizarry Concepción.
El juez Irizarry encontró no culpable a Irizarry Concepción del artículo 109, homicidio negligente al provocar la muerte de Santana Rodríguez de 19 años, por manejar un vehículo en estado de embriaguez, delito que no tenía derecho a probatoria y por el cual habría sido ingresado a prisión de inmediato.
En lo único que fue encontrado culpable Irizarry Concepción de los seis cargos que pesaban en su contra fue por el inciso 7.02 de la Ley de Tránsito, manejar un vehículo en estado de embriaguez, que es menos grave y cualifica para una probatoria.
Los demás cargos en que fue encontrado no culpable fueron por violar la Ley de Tránsito, causar grave daño corporal a una persona, abandonar la escena de un accidente grave y negligencia crasa y temeraria en el manejo de un vehículo de motor.
El juez Irizarry sometió el expediente de Irizarry Concepción para que sea evaluado por técnicos socio penales a los fines de determinar si cualifica para una probatoria.
La vista para dictar la sentencia esta señalada para el próximo 14 de octubre.