El empleado del Senado arrestado el pasado jueves por las autoridades federales por un caso de pornografía infantil quedó libre bajo fianza, según se desprende de su expediente judicial.

Durante una vista celebrada ayer, viernes, ante el magistrado federal Marcos E. López, se le fijó a Faustino David Reyes Rodríguez, de 25 años y residente de Caguas, una fianza de $5,000.

“Se registró una fianza de comparecencia para Faustino David Reyes-Rodríguez por un monto de $5,000 sin garantía”, dice el expediente.

Tras pagar la suma, el magistrado le fijó a Reyes Rodríguez una serie de condiciones. Estas incluyen que ningún menor de edad pernocte o vaya de visita a la residencia en la que permanezca durante la libertad bajo fianza. Tampoco puede tener acceso al internet, ni es su casa ni el trabajo. Mientras, deberá estar en su casa durante el periodo de 7:00 p.m. a 6:00 a.m. Pero, sólo podrá salir para actividades relacionadas al trabajo, vistas judiciales o citas médicas.

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El informe detalla que el hombre quedó bajo la supervisión de una mujer, identificada como Awilda González y que reside en San Juan.

El caso trascendió el jueves, cuando el presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, colocó la foto del “oficinista/ recepcionista” de la Oficina del Protocolo de la Cámara Alta bajo arresto. De inmediato, informó que “el imputado será separado de su puesto”. Dijo que no tolerará el crimen ni la corrupción.

Según la acusación federal, entre diciembre de 2025 y mayo de 2026, aproximadamente, Reyes-Rodríguez recibió y distribuyó de manera consciente material de explotación infantil. Además, entre julio de 2024 y mayo de 2026, el acusado tuvo en su teléfono celular y tableta imágenes de pornografía infantil, incluidas imágenes de niños pequeños y menores de edad que aún no habían llegado a la pubertad.

La orden de arresto fue emitida por un gran jurado el pasado 23 de septiembre, pero no fue hasta el jueves que lo arrestaron.

De ser declarado culpable de los cargos que enfrenta, el acusado podría recibir las siguientes penas:

  1. Recepción de material de explotación infantil: una pena mínima obligatoria de cinco años de prisión y una pena máxima de 20 años.
  2. Posesión de material de explotación infantil: una pena máxima de 10 años de prisión.