Los jueces del Tribunal Supremo no podrán ejercer libremente la práctica de la profesión legal una vez se retiren, si se convierte en ley un proyecto aprobado este jueves en la Cámara de Representantes.

La medida, de la autoría de los representantes Charlie Hernández y Carlos Bianchi Angleró, impondría restricciones a los magistrados retirados del máximo foro judicial del país, al disponer que solo podrán ejercer la abogacía en la academia o como asesores, pero estarían impedidos de hacerlo ante foros administrativos, tribunales o en la aplicación de métodos alternos para la solución de conflictos.

La pieza legislativa fue aprobada con 31 votos a favor, y cinco en contra. Catorce representantes de la delegación novoprogresista, en su mayoría abogados de profesión, se abstuvieron en la votación.

Poco después de la ratificación del proyecto, el juez presidente del Tribunal Supremo, Federico Hernández Denton, dejó evidenciado su repudio respecto al proceder de la Cámara de Representantes al calificar el trámite como “una intromisión indebida de ese cuerpo constitucional con las prerrogativas” del más alto foro judicial.

“De manera clara, indica nuestra Constitución que es responsabilidad del Tribunal Supremo la regulación de la práctica de la abogacía, por lo que corresponde al Tribunal Supremo cualquier determinación relacionada a este asunto”, dijo en declaraciones escritas el juez Hernández Denton, quien se retira en abril próximo.

“Durante el proceso legislativo, la directora administrativa de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT), Sonia Ivette Vélez, emitió una extensa y fundamentada ponencia mediante la cual objetó la aprobación de esta medida. Hoy reafirmo con mayor vehemencia esa oposición ante la aprobación de un proyecto que contradice las referidas disposiciones constitucionales de separación de poderes y que, en su aplicación, se convierte en un desaforo legislativo, a todas luces, contrario a la ley”, añadió.

Al expresar sus reparos en torno a la pieza, la representante Jenniffer González, quien fue una de las legisladoras que se abstuvo de votar, esgrimió semejantes argumentos.

"Esto va a incidir en el ejercicio final de la abogacía de cualquiera de estos jueces. Esto es un choque entre el Poder Legislativo y el Judicial sobre lo que son facultades inherentes de cada uno; en nuestro caso, de regular el retiro; y en el de ellos, de regular la práctica de la abogacía", dijo la portavoz de la minoría del Partido Nuevo Progresista (PNP).

La intención legislativa de la medida señala que las restricciones en la práctica profesional de los exjueces del Tribunal Supremo tienen que adoptarse para "evitar hasta la percepción de impropiedad que su comparecencia en los distintos foros puede provocar en el público sobre el sistema judicial de nuestro país".

La minoría del PNP señaló que, de convertirse en ley, la pieza beneficiaría al expresidente del Tribunal Supremo José Andréu García, quien se retiró en el 2003 y mantiene su práctica privada. El nuevo estatuto no aplicaría al exmagistrado por su vigencia prospectiva.

El representante del PNP Carlos "Johnny" Méndez presentó sin éxito una enmienda para la vigencia retroactiva de la medida, y otra para que sus disposiciones solo aplicaran a los jueces que sean nominados y confirmados luego de su aprobación, y no a los nueve magistrados que componen actualmente el más alto foro. También recomendó cambios para permitir que los jueces retirados puedan postular en casos ex parte, que son aquellos en que solo comparece una parte.

Por mandato constitucional, los jueces del Tribunal Supremo tienen que retirarse al cumplir 70 años. Además de Hernández Denton, durante este cuatrienio, la jueza asociada Liana Fiol Matta también cumplirá el término para jubilarse en el 2016.

En defensa del proyecto de su autoría, el representante Hernández afirmó que la medida lo que busca es promover un funcionamiento más equitativo en el sistema de justicia del país.

"Esto no se trata de un juez o un exjuez, no se trata de un individuo, se trata de un sistema de derecho más justo, más equitativo que comunique más igualdad a favor del ciudadano", indicó el portavoz de la delegación del PPD.

"Es difícil conseguir justicia cuando las partes no son iguales, cuando hay uno rico y otro muy pobre, uno muy poderoso y otro desvalido. Ese principio aplica a los abogados de las partes... Esa es la realidad de los tribunales. Nuestra función legislativa es asegurarnos de que logramos en la ejecución de la justicia la mayor paridad posible", puntualizó Hernández.

Esta no es la primera vez que la Asamblea Legislativa incluye cambios a la Ley de Retiro de la Judicatura. En 1964, se aprobó una legislación que prohibió por completo el ejercicio de la abogacía a los jueces del Tribunal Supremo que se acogieran a la pensión. Cinco años después, esa limitación fue eliminada.

Desde entonces, han sido múltiples las ocasiones en que el retiro de los miembros de la Judicatura ha sido objeto de acción legislativa.

Durante las vistas públicas, la OAT manifestó su rechazo a la pieza, no solo por los visos de inconstitucionalidad, sino porque su implementación podría afectar los derechos adquiridos de los jueces retirados que actualmente practican su profesión.

Para atender ese último señalamiento, que también trajo el Departamento de Justicia, se estableció en el texto que la vigencia sería prospectiva.

La OAT también argumentó que la medida podría desalentar que abogados aspiraran a laborar en el Tribunal Supremo en el futuro.

“Desde una perspectiva de política pública, nos preocupa que este esquema pueda resultar contraproducente para atraer a abogados y abogadas idóneos a la Judicatura”, alertó Sonia Ivette Vélez, directa administrativa de los Tribunales en el memorial que sometió durante las audiencias públicas.