El Panel IV del Tribunal de Apelaciones revocó hoy la desestimación del Tribunal de Primera Instancia (TPI), de San Juan, en la demanda radicada por el abogado criminalista Orlando J. Aponte Rosario, para impugnar la asignación de escoltas al renunciante gobernador, Ricardo Rosselló y su familia.

Los jueces Carlos Vizcarrondo Irizarry, Felipe Rivera Colón y Nery Adames Soto, concluyeron que el caso no es académico que fue la razón por la que el Tribunal de Primera Instancia había desestimado el pleito, ya que consideran que la controversia podría recurrir. De esta manera el caso sigue activo.

Con esta determinación al apelativo instruyó que el caso regrese al foro inicial para que determine si el demandante cumple con el requisito de legitimación activa, y de ser así, debe iniciar la evaluación sobre si Rosselló Nevares tiene derecho a escolta aunque no haya culminado el cuatrienio que es el período por el cual fue electo. Esto excluye cualquier orden de un primer mandatario en funciones autorizando el servicio especial como lo hizo Pedro Pierluisi el 6 de agosto del 2019, durante su breve incumbencia.

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“…se revoca el dictamen apelado. En consecuencia, se deja sin efecto la desestimación del pleito según decretada por el foro apelado, por entender que el caso ante nuestra consideración no es académico. Se devuelve el caso al Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, para que celebre una vista evidenciaría en donde el Sr. Orlando José Aponte Rosario tendrá el peso de la prueba para establecer su legitimación activa”, lee la decisión del Apelativo.

En agosto del 2019, Aponte Rosario, radicó el recurso legal contra el comisionado de la Policía, Henry Escalera, por proveer escoltas a la familia Rosselló fuera de la isla luego de que el exgobernador renunciara a su puesto.

El demandante entendía que no pueden recibir ese privilegio porque la definición de exgobernador se refiere a “aquella persona que haya ocupado el cargo de gobernador bajo las disposiciones de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por la elección popular, que no haya sido destituido, y que haya ocupado dicho cargo durante un término no menor de cuatro años o cesare en el mismo por razón de incapacidad mental o física antes de cumplirse dicho término”.

El abogado también alegó que la asignación de escoltas a una persona que renunció a su cargo de funcionario público y que no realizaba ningún tipo de gestión pública, conllevaba la erogación de fondos públicos en beneficio exclusivo de personas privadas.

Otra situación planteada ocurrió en otra ocasión, cuando la ex primera dama Beatriz Rosselló viajó a Puerto Rico para vacacionar, se le otorgaron escoltas del Negociado de la Policía de Puerto Rico. Sin embargo, el entonces secretario del Departamento de Seguridad Pública, Elmer Román, ordenó el 6 de diciembre del año pasado retirar la mismas.