Supremo federal avala los registros al desnudo
La jurisprudencia, según el abogado Benny Frankie Cerezo, aplica a Puerto Rico y podrían aplicarla los policías en los cuarteles donde hay celdas.

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 13 años.
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Las personas detenidas por cualquier tipo de delito, incluso menores, pueden ser registradas desnudas y de forma invasiva a su intimidad antes de que se les coloque tras las rejas, consignó el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.
Este registro –en que está permitido observar todos los orificios del cuerpo y en los que incluso se le puede pedir al ciudadano que se ponga en cuclillas y tosa para mirar en su ano, y que levante sus genitales– se puede dar independientemente de que existan razones fundadas o sospecha de que la persona es peligrosa o lleva consigo algún tipo de contrabando.
La jurisprudencia, según el abogado Benny Frankie Cerezo, aplica a Puerto Rico y podrían aplicarla los policías en los cuarteles donde hay celdas. “La detención puede ser en cualquier lugar”, añadió el letrado.
El presidente de la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), William Ramírez, dijo, sin embargo, que el Supremo no resolvió si los desnudos se permiten cuando a la persona se le va a mantener aislada. “El tribunal- dijo- dejó abierta esa interrogante”.
Por las justificaciones que da la corte para los registros invasivos, la jurisprudencia “no debe” aplicar en esos casos, opinó.
El Supremo se justifica planteando que estos registros evitan situaciones que ponen en peligro la seguridad de terceros y evitan la introducción de armas, drogas y otros artículos al resto de la población penal. También ayudan a identificar marcas de pandillas y a determinar si la persona tiene una condición médica que se puede contagiar.
El caso que resuelve la corte es el de un americano negro que arrestaron en medio de una violación de tránsito por éste no haber pagado una multa, que luego se comprueba que sí lo había hecho. Fue llevado a dos cárceles donde lo desnudan y someten a una inspección humillante.
Para Guillermo Ramos Luiña, abogado principal del caso Morales Feliciano, la decisión no define claramente qué es una facilidad de detención.
Dijo que aquí “se puede interpretar” que sería una institución bajo el sistema de Corrección porque la corte a lo que le da énfasis es a la mezcla del detenido con la población penal general.
Sobre la intervención de la Policía, sostuvo que hay que tener en cuenta que en Estados Unidos los sheriffs operan prisiones, pero en Puerto Rico no hay ese tipo de control.
Ramírez también indicó que la Constitución de Puerto Rico le brinda una mayor protección al derecho a la intimidad.