Total oposición de la fiscalía a la recusación de jurados en juicio contra Anthonieska Avilés
El Ministerio Público afirmó que la defensa no demostró que alguno de los cuatro jurados sea incapaz de juzgar con imparcialidad la prueba.

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El Ministerio Público radicó hoy una Moción en Oposición a la Solicitud de Reconsideración sobre las Recusaciones Motivadas de cuatro miembros del jurado juramentados por el juez Juan A. Reyes Colón, que presentó la defensa de Anthonieska Avilés Cabrera, acusada por el crimen de Gabriela Nicole “Lela” Pratts Rosario, de 16 años.
“La moción no demuestra que alguno de los cuatro jurados sea incapaz de juzgar la causa con completa con imparcialidad. Tampoco demuestra que alguno haya contestado falsamente bajo juramento o que haya omitido información deliberadamente. Por tanto, no se ha establecido la justa causa requerida para alterar la composición del jurado ya seleccionado y juramentado”, concluyó el Ministerio Público.
Según plantearon las licenciadas María S. Sáez Matos, Athelyn J. Jiménez Emmanuelli y Rocío Revelles Ponce, de la Sociedad para Asistencia Legal (SAL), estos jurados no serían imparciales debido a que sus contestaciones supuestamente reflejaban prejuicio o parcialidad contra la acusada.
“A los fines de garantizar los derechos constitucionales, tanto a nivel estatal como federal, de nuestra clienta a un debido proceso de ley, a la presunción de inocencia y a un juicio justo ante un jurado imparcial”, indica el documento original radicado por SAL.
Mientras que la fiscal Belinda Brignoni Hernández ha reiterado que “nosotros hemos tenido una amplia oportunidad para hacer un voir dire (término legal que significa decir la verdad en el interrogatorio de los candidatos a jurado) extenso y riguroso, que se ha dividido, como siempre lo he explicado, entre las motivaciones por enfermedad, la publicidad excesiva, más preguntas que hace el juez, que hace la defensa y el Ministerio Público”.
A su vez, advirtió que a ninguno de los jurados objeto de la moción se le preguntó por qué omitió determinada información en el cuestionario, por lo que entiende que no puede establecerse “mendacidad”.
Dicho documento no fue juramentado y no sustituye el examen oral que se les hizo, observó la fiscal.
El 17 de agosto, se conformó el jurado que va a tener a su cargo juzgar los hechos, evaluar la evidencia y emitir su veredicto, el cual lo integran nueve hombres y tres mujeres. El lunes próximo se continuará con la selección de cuatro a seis jurados suplentes.
“Más importante aún, cuando surgieron las diferencias, la defensa no preguntó a estos cuatro jurados por qué omitieron la información. Sin esa pregunta no existe base para concluir que la omisión fue intencional, y mucho menos para aplicar el acuerdo prospectivo descrito por el Ministerio Público, que requería primer determinar que el candidato había mentido”, se expuso en la moción.
La fiscal Brignoni Hernández aseguró que la garantía de imparcialidad se protegió durante el proceso de desinsaculación del jurado y la defensa no puede convertir “su propia falta de preguntas sobre las omisiones en una determinación de mendacidad”.
Finalmente solicitó al tribunal que declare “no ha lugar” la moción de la defensa y mantenga la composición del jurado ya seleccionado y juramentado.
El 7 de agosto, la defensa recibió los expedientes del Sistema de Información de Justicia Criminal de los candidatos tras radicar una moción a esos fines.
Avilés Cabrera enfrenta con agravantes cargos por los delitos de asesinato en primer grado y violación a la Ley de Armas, por el crimen de la menor ocurrido el 11 de agosto de 2025 en el desvío Roberto Colón, en Aibonito.
En un juicio separado que culminó el 23 de julio, en unas tres horas un jurado encontró culpable a su madre, Elvia Cabrera Rivera, por los mismos cargos en común y mutuo acuerdo. La defensa se prepara para apelar la decisión.
La fecha del inicio del juicio está señalada para comenzar el próximo 15 de octubre.


