La controversia en torno al acceso que obtuvieron los Testigos de Jehová en todas las comunidades de control de acceso sin un guardia de seguridad continúa creciendo luego que los municipios que fueron demandados trataron de lavarse las manos en el pleito.

El juez federal Gustavo Gelpí denegó una moción de reconsideración de los ayuntamientos y, de esta manera, sostuvo que se tienen que mostrar “justificaciones especiales” para que los portones en las comunidades carezcan de un guardia de seguridad.

En síntesis, la controversia no afecta a las urbanizaciones con seguridad privada, ya que en estos lugares se les permite la entrada a los religiosos, cuya práctica de predicación en las comunidades está cobijada constitucionalmente.

No obstante, los tribunales federales sí han establecido unas “justificaciones” como lo podría ser el alto nivel de criminalidad o las pocas unidades de vivienda de una urbanización como, por ejemplo, un complejo de una docena de viviendas, que podría tener un portón sin seguridad privada.

Sin embargo, el asunto se complica en urbanizaciones pudientes, donde hay más de 12 unidades, que tienen portones, pero que no pagan por seguridad privada, por ejemplo, por el alza que podría representar en su cuota de mantenimiento.

En San Juan, entre los otros municipios demandados, alegaron que no tenían que consignar las justificaciones por comunidad, pero el juez les respondió que las mismas son necesarias.

“Un guardia de seguridad para las urbanizaciones con portones es requerido, excepto si la comunidad puede probar su justificación especial. La corte de distrito no puede renunciar a este requisito”, dice la última orden emitida por el juez Gelpí.

Los otros municipios demandados son Bayamón, Ponce, Dorado, Gurabo, Caguas, Santa Isabel y Trujillo Alto.