Confirman 99 años de cárcel por lanzar a bebé

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 18 años.
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Se confirma su sentencia: 99 años.
Edwin Otero, convicto por asesinar a su hija recién nacida lanzándola por unas escaleras del centro comercial Plaza Carolina, tendrá que cumplir la condena de 99 años de cárcel que le fue impuesta tras el Tribunal de Apelaciones confirmar la sentencia.
Un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones confirmó el martes que Otero tendrá que permanecer 99 años tras las rejas, tal y como lo dispuso en su sentencia, el 11 de abril de 2002, el juez Dimas Padilla Bruno del Centro Judicial de Carolina.
Otero, sin embargo, apeló la sentencia y alegó errores en el proceso. El Tribunal de Apelaciones replicó cada uno de sus alegatos y confirmó que debe cumplir su condena íntegra.
“Por los fundamentos anteriormente expuestos se confirma la sentencia apelada”, reza la sentencia obtenida por PRIMERA HORA.
La decisión fue tomada por el panel compuesto por los jueces apelativos Zaida “Cucusa” Hernández, José L. Miranda y Rafael L. Martínez.
Otero fue acusado de lanzar desde lo alto de las escaleras del centro comercial Plaza Carolina, el 20 de diciembre de 1998, a su hija de 42 días de nacida Gabriela Inés Otero Díaz.
Fue el 3 de mayo del 2002 que Otero solicitó la revocación de su sentencia atribuyendo “la comisión de varios errores por parte del Tribunal de Instancia”, cada uno de los cuales fue negado y rebatido en detalle por el panel de jueces en la sentencia emitida el martes.
El acusado alegó siete errores. Que el delito por el cual se le encausó no fue probado y que el Tribunal de Primera Instancia erró al solicitar y permitirle al Ministerio Público la utilización de un vídeo que nunca fue presentado durante la vista en su fondo, así como por no descartar el testimonio total del perito.
También cuestionó la pertinencia del testimonio sobre sus supuestas gestiones para que la madre de la menor abortara y el de la mujer que alegó haber sido violada por éste.
Los otros dos supuestos errores eran: que no hubo un juicio justo e imparcial por la “indebida y exagerada” publicidad negativa del caso y que no se le debió permitir a la fiscal del caso traer, en su turno inicial, prueba “impertinente y difamatoria” que no había sido traída en todo el proceso.
La confirmación de la sentencia se da casi cinco años después de solicitada debido a distintas circunstancias, “ninguna atribuible al tribunal”, que incluye problemas con las regrabaciones y transcripciones de testimonios, la muerte del juez que dictó la sentencia y la renuncia del abogado defensor, entre otros aspectos, según el documento.

