En revisión guías de pensión alimenticia
Deben estar culminadas para antes de que finalice el 2010. (Ve vídeo)

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 15 años.
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No sólo porque así se lo exige la ley sino también porque reconocen que la situación económica de la Isla no es la misma que hace cuatro años, la Administración para el Sustento de Menores (Asume) inició un proceso de revisión de las guías de pensión alimenticia.
La Ley Orgánica de Asume (Ley 5 del 30 de diciembre de 1986) establece que las guías deben revisarse cada cuatro años. Fue para el 2006 cuando entraron en vigor las nuevas guías. Desde entonces muchas cosas han cambiado, especialmente la situación económica de muchos padres custodios que han perdido sus empleos o enfrentado una reducción de su jornada laboral.
“La ley nos obliga a revisarlas cada cuatro años y atemperarlas a la situación económica que está atravesando el país. No podemos decir si las vamos a subir o las vamos a bajar”, adelantó la licenciada Lourdes Gómez, asesora de la agencia.
Lo que sí adelantó la funcionaria es que deben estar culminadas para antes de que finalice el 2010 y que tras un análisis inicial entienden que éstas “no están de acuerdo a la realidad que estamos viviendo y eso es lo que estamos proponiendo”.
Gómez reconoció que una de las razones para que sobre 40 mil padres no custodios no cumplan con el pago de la pensión a tiempo podría ser que las guías no están atemperadas a sus realidades. No obstante, dijo que las trabajan desde una óptica de papá y mamá responsables.
“Puede ser, pero va más allá, porque cuando no se puede pagar una pensión, mamá no deja ver al niño y se afecta esa relación paterno-filial”, explicó.
Las pensiones alimenticias se dividen en dos partes: la pensión básica -que se calcula con una tabla establecida- y la pensión suplementaria que sufraga gastos de educación, cuido, vivienda y de salud no cubiertos por un plan médico. La pensión suplementaria se calcula según la proporción de los ingresos del padre no custodio y el custodio. Se considera parte del ingreso las horas extras, comisiones y propinas.
“Estamos enfocados en hacer una reingeniería de la agencia y en la revisión de las guías”, sostuvo, por su parte, el administrador de Asume, licenciado Waddy Mercado.
Éste apostó a una transformación que la haga más eficiente, especialmente en beneficio de los niños. “Llevamos frente a Asume un año y nueve meses y aún estamos trabajando con algunas situaciones que heredamos, como el fondo de excepciones”, señaló.
Gómez explicó que el proceso para exigir el pago de manutención por un menor - en el caso de Puerto Rico hasta los 21 años, a menos que esté estudiando en la universidad- es sencillo.
Aclaró que Asume no mete a la cárcel a ningún padre por incumplimiento de pensión. En su caso, dijo, intentan utilizar todos los recursos administrativos disponibles para lograr que ese padre no custodio satisfaga las necesidades de sus hijos. De no lograrlo, entonces se recurre a los tribunales.
El padre custodio interesado en solicitar manutención para su hijo tiene que llenar la solicitud de servicios de sustento de menores, la cual puede conseguir en la oficina más cercana de Asume o a través de su página electrónica, www.asume.gobierno.pr.
Una vez el formulario esté completado, el padre custodio debe acudir a la oficina de Asume y entregarlo junto con copia del certificado de nacimiento, seguro social e identificación.
Cuando se trata de la primera solicitud de pensión, la agencia se ve obligada por ley a citar a las partes a los 21 días y establecer una pensión provisional en beneficio de ese menor.
Posteriormente, las partes pueden acudir con sus abogados para establecer una suma final, de no estar complacidos.
Gómez sostuvo que ése es el mejor de los escenarios, el cual se complica si el padre no aparece. Es ahí cuando la dependencia tiene que iniciar una búsqueda a través de los patrones. Si no aparece, se le impone una pensión en rebeldía.