Exconvicto vuelve a marchar en contra del discrimen laboral
Esta sería su novena marcha para que Legislatura enmiende la "Ley contra el discrimen en el empleo de 1959" y prohiba el discrimen por haber resultado culpable de un delito.

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 6 años.
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Por noveno año consecutivo Juan Rolón Rivera caminará desde Morovis hasta el Capitolio como reclamo para que se apruebe una ley que busca combatir el discrimen que enfrentan muchos exconfinados cuando cumplen su sentencia y tratan de buscar un empleo como parte de su proceso de reinserción en sociedad.
En esta ocasión, la protesta pacífica iniciará mañana cuando Rolón Rivera salga a pie desde su natal Morovis y recorra durante el día un primer tramo hasta llegar a Toa Baja. El trayecto continuará el miércoles hasta Bayamón y culminará el jueves en la Casa de las Leyes, donde espera ser escuchado por los legisladores que conforman la Cámara de Representantes.
“El 28 de junio de este año el Senado aprobó el proyecto 992, mejor conocida como la Ley Contra el Discrimen en el Empleo pro-Condición de Exconvictos. En cambio, la medida se ha quedado estancada en la Cámara de Representantes donde ni siquiera se ha evaluado. Mi interés es que me escuchen y entiendan la importancia de esta aprobación pues se trata de un asunto de oportunidades y probabilidades para una persona que cumplió sentencia y que quiere reorganizar su vida en sociedad”, dijo a Primera Hora el hombre.
Rolón Rivera es un exconvicto que salió de la cárcel hace más de una década y dice haber sufrido el discrimen de no haber conseguido empleo a causa de su pasado delictivo. Tras arduos esfuerzos el hombre estudió trabajo social y hoy goza de un trabajo digno en Morovis.
El año pasado, luego de su caminata, los reclamos de Rolón Rivera fueron escuchados por el senador independiente José Vargas Vidot y el legislador novoprogresista Miguel Romero Lugo, quienes sometieron mediante petición el proyecto 992.

Después de casi un año, el proyecto fue aprobado finalmente en el Senado el pasado mes de junio y fue referido a la Comisión de Asuntos Laborales de la Cámara y, según el portal de trámites legislativos, la medida apareció en primera lectura en la cámara baja el 30 de junio.
“Mi preocupación es que la sesión legislativa culmina en noviembre y me gustaría que la aprobaran en esta sesión”, destacó.
El proyecto enmendaría la “Ley contra el discrimen en el empleo de 1959” a los fines de añadir la prohibición de discrimen en el empleo por razón de haber resultado culpable de un delito.
La prohibición se incluiría también en la “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico” y en la “Ley de Municipios Autónomos de Puerto Rico”. Además, reduciría los términos para eliminar delitos del certificado de buena conducta.
Por ejemplo, toda persona que haya sido convicta por un delito menos grave podrá solicitar del Comisionado del Negociado de la Policía de Puerto Rico la eliminación de la convicción del certificado de antecedentes penales mediante declaración jurada y otros documentos pertinentes después de transcurridos 30 días desde que cumplió la sentencia, siempre y cuando durante ese tiempo no haya cometido otro delito. En caso de que la persona no solicite la eliminación la misma se borrará automáticamente en un término de tres meses.
Toda persona que haya sido convicta de un delito grave que no esté sujeta al Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales Violentos y Abuso Contra Menores, ni al Registro de Personas Convictas por Corrupción o haya violado la “Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica” -ni que haya sido convicta por el delito de asesinato en primer grado-, podrá solicitar del Comisionado del Negociado de la Policía de Puerto Rico la eliminación de la convicción del Certificado de Antecedentes Penales cuando haya transcurrido un año desde que cumplió la sentencia y que durante ese periodo no haya cometido algún otro delito.
Además, debe someterse a la muestra requerida por la Ley del Banco de Datos de ADN, de estar sujeta a ello.
En caso de que la persona que haya sido convicta por un delito grave no solicite la eliminación de dicha convicción, la misma se borrará automáticamente en un término de cinco años.
Según el proyecto de ley, antes de rechazar a cualquier aspirante a un empleo el patrono deberá considerar el tiempo transcurrido desde que los actos que llevaron a la convicción ocurrieron; la naturaleza y severidad de la ofensa; la edad del solicitante al momento del cometer el delito; y las circunstancias bajo las cuales cometió el delito, incluyendo atenuantes y particulares.
La decisión del patrono debe considerar los deberes y responsabilidades de la posición de empleo.