Eximido del IVU el equipo médico

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 19 años.
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El gobernador Aníbal Acevedo Vilá firmó un proyecto de ley que exime del pago del Impuesto sobre las Ventas y Uso (IVU) a los equipos médicos, el material médico quirúrgico y la tecnología usada para los servicios de salud a algunos pacientes, anunció el sábado La Fortaleza.
La medida firmada por el mandatario enmienda la Ley 117 de 2006 que creó el IVU para añadir a la lista de artículos eximidos aquéllos expresamente diseñados para ayudar a las personas con impedimentos físicos, fisiológicos, ciegos, lisiados, cardíacos, sordos, mudos, sordomudos y mutilados, se indicó en un comunicado.
Tampoco se tendrá que tributar el IVU al adquirir equipo "para tratamiento médico que cualifique para reembolso total o parcial bajo un contrato o póliza de seguro médico emitida por una persona autorizada a suscribir seguros o contratos de servicios de salud en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico".
Entre los equipos por los cuales no se tendrá que pagar el IVU, figuran las agujas hipodérmicas, los compuestos químicos usados para el tratamiento de enfermedades, padecimientos o lesiones, así como los tratamientos de mitigación y prevención de enfermedades.
Tampoco habrá que tributar por las prótesis, la insulina, el oxígeno y cualquier equipo para tratamiento médico que cualifique para reembolso total o parcial por Medicare y Medicaid.

