La Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, en inglés) comenzará a principios de abril a brindar asistencia económica para cubrir gastos fúnebres a consecuencia de fallecimientos relacionados al COVID-19.

Los costos que cubrirá esta política son aquellos incurridos después del 20 de enero del año pasado y busca brindar algún alivio en la presión y carga económica que esta pandemia ha causado.

“En FEMA, nuestra misión es ayudar a las personas antes, durante y después de los desastres. La pandemia de COVID-19 ha causado un inmenso desconsuelo para tantas personas. A pesar de que no podemos cambiar lo que ha sucedido, afirmamos nuestro compromiso en ayudar con los gastos fúnebres y de sepelio que muchas familias no anticipaban”, dijo el administrador interino de la agencia federal, Bob Fenton, en declaraciones escritas a la prensa.

La política establece, entre otras cosas, que para ser elegible a la asistencia, el solicitante deberá ser un ciudadano estadounidense, nacional no ciudadano o extranjero cualificado que haya incurrido en gastos fúnebres después del 20 de enero de 2020 a consecuencia de algún fallecimiento atribuido a COVID-19.

Además, si más de una persona aportó para cubrir los gastos fúnebres, deberán solicitar bajo una misma solicitud como solicitante y co-solicitante. FEMA también tomará en consideración los documentos suministrados por otras personas que no figuren como solicitante y co-solicitante, pero que hayan incurrido en gastos fúnebres por la persona fallecida por la cual se solicita la asistencia.

Asimismo, un solicitante puede pedir asistencia por más de una persona fallecida; el fallecimiento atribuido a COVID-19 debe haber ocurrido en los Estados Unidoso sus territorios; la asistencia se limita a una cantidad monetaria máxima de $9,000 por servicio fúnebre y hasta un máximo de $35,000 por solicitud; y que la asistencia por gastos fúnebres va dirigida a ayudar a cubrir los gastos por servicios fúnebres, sepelio o cremación.

FEMA indicó que establecerá, durante las próximas semanas, un número de teléfono gratuito exclusivo para ayudar a las personas que soliciten la asistencia. Mientras tanto, se recomienda a las personas que podrán solicitar esta asistencia a conservar y recopilar la documentación a continuación:

  • Un certificado oficial de defunción que atribuya la muerte a COVID-19 y demuestre que la muerte ocurrió en los Estados Unidos. El certificado de defunción debe indicar que la muerte “pudo haber sido causada por” o “posiblemente como resultado de” COVID-19 o síntomas similares a los de COVID-19. Otras frases similares que indiquen una alta posibilidad de COVID-19 serán consideradas como suficiente.
  • Documentos de gastos fúnebres (recibos, contrato de la funeraria, etc.) que incluyan el nombre del solicitante, el nombre de la persona fallecida, el monto de los gastos fúnebres y las fechas en que se incurrieron los gastos fúnebres.
  • Evidencia de fondos recibidos de otras fuentes para usarse específicamente en gastos fúnebres. La asistencia por gastos fúnebres no puede duplicar beneficios recibidos del seguro de sepelio o funeral, o la asistencia económica recibida de agencias voluntarias, programas o agencias del gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial u otras fuentes.