Impulsan exención contributiva para los asambleístas

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 18 años.
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Exención a dietas y viajes.
Bajo el argumento de que los legisladores municipales no perciben salario alguno por sus funciones, se presentó legislación bipartita en el Senado para que las dietas y gastos de viajes de éstos estén exentos del pago de contribuciones sobre ingresos, igual que lo tienen los legisladores.
El Proyecto del Senado 1911, radicado por la senadora estadista Migdalia Padilla, el presidente senatorial Kenneth McClintock y el portavoz popular José Luis Dalmau, persigue enmendar el Código de Rentas Internas.
En la exposición de motivos de la medida se señala que los legisladores municipales son hombres y mujeres comprometidos con el pueblo en el proceso legislativo a nivel municipal. “Se dedican a expresar sus ideas para el bienestar de sus pueblos en sus respectivas sesiones y comisiones, brindando su apoyo y conocimiento en favor del bienestar de las personas que éstos representan”, agrega la medida.
También se indica que los legisladores municipales “forman parte esencial en las funciones de confirmar funcionarios y oficiales municipales, aprobar el presupuesto general del municipio, así como aprobar resoluciones y ordenanzas”.
El proyecto, referido a la Comisión de Hacienda que preside la senadora Padilla y que tiene vigencia inmediata luego de convertirse en ley, precisa que los legisladores municipales “realizan su labor en beneficio de sus municipios sin recibir ningún salario” y que “lo único” que reciben por sus esfuerzos son dietas a tener con lo dispuesto en la Ley de Municipios Autónomos.
“Muchos de estos legisladores municipales dedican largas horas a su labor para estar debidamente preparados al momento de asistir a una reunión de sus respectivas legislaturas municipales y poder hacer la mejor labor posible a favor de su pueblo”, consigna el proyecto.
De esta forma, la legislación se enmienda para igual a los legisladores municipales y a los legisladores estatales en el sentido a que las cantidades recibidas por ambos grupos por concepto de dietas y gastos de viaje, “las cuales representan reembolso de gastos que realmente se incurren”, estarán exentas de tributación en el origen.