El primer informe sobre la viabilidad de construir, dentro del sistema de educación pública, escuelas especializadas para niños con autismo fue presentado hoy, jueves, por la Comisión de Educación y de Organizaciones Sin Fines de Lucro y Cooperativas de la Cámara de Representantes.
 
El informe establece las reservas del Departamento de Educación, que pide se descarte esa idea, y en su lugar se integre a los niños autistas con la corriente regular de estudiantes.

Sin embargo, el presidente de la Comisión, Bernardo “Betito” Márquez, planteó la necesidad de la continua prestación de servicios a la población autista. Además, consignó que es necesario que se levante un perfil de la población autista.

“El autismo infantil amerita una pronta intervención ya que su impacto es profundo. Pocos trastornos son tan devastadores… La demanda de estos servicios es alta y mucho mayor que los recursos con los que cuenta el Gobierno”, comentó Márquez.

De otra parte, los representantes encomendaron a la Comisión de Gobierno, una investigación relacionada con los contratos otorgados para la construcción de verjas en la Cárcel de la Pica en Jayuya, la Institución Juvenil de Bayamón, el Complejo Correccional de Bayamón y la Institución El Zarzal de Río Grande.

La intención de la Resolución de la Cámara 1080 es que se determine si la pasada administración incurrió en actos ilegales al otorgar contratos, se fije responsabilidad sobre los funcionarios correspondientes y se hagan los referidos que esa situación amerite.

Asimismo, las Comisiones de Recursos Naturales, Ambiente y Energía y de Desarrollo de la Industria Turística, investigarán las descargas de aguas usadas al Océano Atlántico, el funcionamiento de la Planta de Tratamiento Secundario en el Barrio Pueblo, sector Villa Pesquera del Municipio de Isabela.

Mientras, se aprobó una medida del Senado que enmienda la “Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”, para establecer en los contratos que ese organismo suscriba con las aseguradoras o los proveedores participantes, la prohibición de que un proveedor de servicios reclame directamente al paciente el balance que la compañía aseguradora no desembolsó por los servicios prestados en Salas de Emergencia, que como paciente no está obligado a pagar.