En un Puerto Rico donde la migración es un asunto cotidiano, no es inusual que en ocasiones esa familia que va a mudarse, mayormente a Estados Unidos, sea una en la que los progenitores del niño o niña estén en proceso de divorcio o separados, por lo que esa mudanza conllevaría un distanciamiento del menor de ese papá o mamá que se queda aquí en Puerto Rico.

A menudo, eso desencadena una crisis familiar en torno a qué va a ocurrir con ese hijo en el traslado, y es ahí donde podría ordenarse realizar un estudio de relocalización, trabajo que realiza un profesional en aras de determinar si esa mudanza obra o no en el mejor bienestar del menor.

La doctora Natalie Pérez, trabajadora social clínica y forense, y una de las profesionales a las que se le encarga ese tipo de evaluación interjurisdiccional bajo las disposiciones de la Ley 102-2018, explicó que, independientemente de si las partes mantienen una relación amigable o no, “es políticamente correcto que el estudio de relocalización se realice”, pues con la mudanza se pudiera afectar el régimen de visitas dada la distancia.

“En mi rol como trabajadora social forense, en esos estudios de relocalización, tengo que observar cómo ese cambio principalmente impacta la vida de ese niño. Porque como adultos podemos estar de acuerdo, pero aquí lo importante no es solamente el acuerdo entre las partes, aquí lo importante es si esa movilización que va a tener ese niño o niña obra en su mejor bienestar”, abundó la experta en entrevista con Primera Hora.

La doctora Natalie Pérez, trabajadora social clínica y forense
La doctora Natalie Pérez, trabajadora social clínica y forense (Suministrada)

Pérez aprovechó para aclarar que, en este caso, ese término “forense” no supone lo que puede venir de inmediato a la mente de muchas personas, que es el trabajo de la Policía o el Departamento de Justicia en escenas criminales, sino que se trata “de un profesional de la conducta humana que está destacado, principalmente, en casos que están dilucidándose en los tribunales… custodia, familia, violencia doméstica. Igualmente, tenemos trabajadores sociales forenses que se dedican a intervenir con la población de jóvenes que transgreden en la sociedad”.

¿Cuándo y cómo se realiza el estudio?

Cuando hay un caso ante los tribunales que involucra que uno de los progenitores “se vaya a movilizar a Estados Unidos, China, Europa o dónde sea fuera del país”, el magistrado puede ordenar la participación de un trabajador social forense para que haga un estudio de relocalización, aunque “hay veces que el juez, viendo los diferentes panoramas (…)pudiera allanarse a un acuerdo entre las partes y decir, ‘bueno, pues te autoriza la relocalización’, un escenario que es preferible”.

“Pero mi rol ahí no es llevar a las partes a un consenso… Estaría siendo una evaluadora forense que determina si las condiciones que están en ese lugar son propicias, y sobre todo, que es bien importante, que esa relocalización no va a desvanecer el vínculo con ese padre o madre que se queda en Puerto Rico”, abundó.

Aclaró que, si un progenitor no está de acuerdo con el informe del estudio de relocalización, puede impugnarlo. En ese caso se contrata a otro profesional para evaluar dicho informe.

La doctora Pérez comentó que, por ejemplo, el profesional que hace la investigación debe trasladarse, hacer entrevistas, estar en contacto con redes de apoyo y verificar que donde van a estar los niños no existen distancias significativas a hospitales y a escuelas.

Como ejemplo, explicó que, en su pesquisa, “comienzo reuniéndome con el director, con el consejero y con al menos dos maestras de la escuela donde va a estar el niño que se va a relocalizar. Porque para mí es importante conocer cuáles son los aspectos relacionados al currículo de esa escuela”.

En cuanto al aspecto médico, “pues voy a ver cuál es la cubierta de ese niño, pero también cómo va a ser atendido, con qué médico primario. Así que me estaría reuniendo con ese personal (…) Es realmente (conocer) si los recursos que están accesibles a estos niños en este otro país son recursos de calidad”.

El estudio debe considerar también otros elementos como, por ejemplo, “si el idioma principal de niño es el español, si en la escuela hay recursos que puedan atender a la población de habla hispana”.

Aclaró, sin embargo, que “tampoco podemos decir que porque el niño no habla inglés no podemos ubicarlo en una escuela en los Estados Unidos. Lo indispensable es que este ‘county’ tenga un apoyo, ya sea a través del consejero, trabajador social, etcétera, que pueda atender las preocupaciones de estos progenitores”.

Otro aspecto es si ese traslado se está dando porque, realmente, uno de los padres “tuvo una gran oportunidad de trabajo, de condiciones que, en comparación a lo que tiene en Puerto Rico, son mejores. Porque no podemos descartar que pudiera existir una intención de desvincular a esos niños del progenitor que se queda”.

Asimismo, aseguró estar muy pendiente al “historial completo familiar. Por ejemplo, si la persona que se moviliza es una mujer divorciada que fue sobreviviente de violencia doméstica, pues ahí lo que yo voy a ver en este otro contexto es que, si esta persona se moviliza con otra pareja, no vuelva a pasar lo mismo. O sea, que no se repita el patrón de maltrato, porque eso pudiera ocurrir”.

Otras consideraciones

Además, hay más aspectos socioculturales que se deben tener en cuenta, pues el posible impacto de ese traslado no se limita a un contacto con el padre o la madre.

“También estamos hablando de que la familia extendida y el contacto que tenga con abuela, con abuelo, con madrina, con tíos, con primos, también es importante. Y en efecto la competencia cultural es importante, así que una de las partes que incluye este estudio es auscultar con ese niño o niña si está de acuerdo con este traslado, porque ya la propia literatura establece que a partir de aproximadamente los 9 o 10 años el niño o niña debe de ser escuchado. Así que esta parte también debe de ser incluida en este tipo de pesquisa”.

En cualquier caso, luego de realizarse el informe -o impugnarse- prevalecerá la orden del juez.

“El juez determina si el informe que prevaleció le otorga la relocalización, facilita la relocalización de ese niño, y cuáles serían las condiciones, porque entonces hay que hacer un plan de crianza, cuándo esos niños van a venir a Puerto Rico, si vamos a tener unas relaciones paterno o materno filiales con ese padre o madre que se queda en Puerto Rico de una forma más abierta, si ese padre o madre puede ir las veces que desee a ese estado para compartir con su hijo. Se tiene que desarrollar un plan de parentalidad que procure que ese vínculo parental no se desvanezca”, indicó Pérez.

En caso de que se determine que el informe no cumple con lo requerido porque tiene muchas fallas, “pueden pasar dos cosas: que simplemente no se autorice el traslado, o pudiera dictaminarse que se contrate a un profesional que sí esté cualificado y que pase por el filtro del tribunal para esa selección”.

La especialista explicó que, si bien todos los tribunales de Puerto Rico cuentan con trabajadores sociales, su alcance es “sumamente limitado, porque con todos los casos que tienen no pueden montarse en un avión y hacer todo lo que estamos explicando”.

Así que “la parte que se moviliza a otro país tiene que contratar, o contrata a un profesional que puede hacer este estudio de relocalización, que pudiera ser un trabajador social, un consejero o un sicólogo que haya tenido experiencia en el ámbito forense, especialmente en casos de custodia”.

¿Quién va a costear este estudio? Pues todo tiene que verse caso a caso, porque igualmente pudiera existir un juez que diga, ‘esto se tiene que costear entre las partes’. Pero mi experiencia es que la parte que se moviliza es quien costea este tipo de evaluación”, indicó.

Si los recursos de la parte que se va a movilizar son limitados, pudiera ser que en algunos casos cualifique para recibir asistencia de alguna entidad.

La grama del vecino no siempre es más verde

La experta aprovechó la ocasión para llamar la atención al tema de cómo las preferencias individuales del profesional pudieran estar afectando este tipo de informes.

Explicó que, en su rol de evaluar el trabajo de sus pares, “me llama mucho la atención cómo muchas veces el asunto del colonialismo invade nuestro juicio profesional, porque cuando yo veo las condiciones que tiene ese niño en Puerto Rico, que tiene sus recursos, tiene su residencia, una buena escuela, pares, etcétera, y cuando vamos a los Estados Unidos tiene lo mismo que acá, y que por eso se recomienda el traslado, ‘porque lo que está allá es mejor que lo que está acá’. Esa mentalidad, esta cuestión de que lo que está allá es mejor de lo que está acá. He observado eso como un asunto a atender”.

“Si tenemos una preferencia, digamos, con los recursos o cultural, pues tenemos que examinar eso, porque esa preferencia no puede ser parte del proceso crítico hacia esa evaluación”, exhortó.