Muy pocos veteranos se han beneficiado de una nueva ley que les facilita tener una tablilla especial para ellos y a la vez les permite mantener seguro un documento que les entrega el gobierno federal, se informó hoy en conferencia de prensa.

Se explicó que desde hace más de un año, las licencias de conducir en Puerto Rico cuentan con un distintivo que identifica a aquellos conductores que sean veteranos de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos, lo que permite a los excombatientes agilizar a nivel estatal ciertos trámites en las agencias o ejercer ciertos derechos que las leyes locales les reconocen.

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Peroi, aunque la Ley 65-2014, que ordena incluir en la licencia de conducir la designación de veteranos, fue aprobada en junio del año pasado, solo alrededor de 75 exmilitares -de un universo que supera los 100,000- se han beneficiado de la nueva clasificación que otorga el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) y que les permite ejercer las garantías y beneficios que les confiere, desde el 2007, la Carta de Derechos del Veterano Puertorriqueño del Siglo XXI (Ley 203-2007).

La clasificación también aparece en la licencia de conducir o en los documentos de identificación personal que expide el DTOP con una letra uve colocada en la parte inferior izquierda del escudo de Puerto Rico. También, en la parte posterior de la tarjeta, se incluyó la palabra “veterano” en español e inglés.

Acompañado por varios veteranos, James Torres, director nacional de la organización Paralyzed Veterans of America, reconoció que son muy pocos los exmilitares que al presente conocen sobre la distinción, que según dijo, les permite prescindir del Formulario DD-214, también conocido como el Informe de Separación, que concede la Administración Federal de Veteranos, para identificarlos y permitirles acceder a servicios y beneficios. 

El documento DD-214, según Torres, contiene datos personales que resultan sensitivos, y por ello muchos veteranos prefieren conservarlo bien protegido y han objetado tener que utilizarlo para completar cualquier trámite ordinario en el gobierno. El referido formulario es el que se utiliza a nivel estatal como evidencia para hacer valer las disposiciones de la Carta de Derechos del Veterano.

“Dentro de esa Carta de Derechos del Veterano, nos encontramos un montón de beneficios que, quizás, muchas veces no podemos aprovecharlos porque no tenemos la (forma) 214 a mano para mostrarla porque casi siempre uno la tiene guardada”, expresó Torres durante una rueda de prensa convocada por el senador Jorge Suárez y el secretario del DTOP, Miguel Torres Díaz. 

“Hay un montón de beneficios que sería bueno uno pode decir ‘yo soy veterano, y tengo derecho a exenciones contributivas, a (la exención sobre) los arbitrios de los vehículos’, y enseñamos entonces nuestra licencia que ahí se puede buscar la 214, que es algo que no vamos a tener a mano porque es un documento que queremos guardar y preservar”, abundó. 

La Carta de Derechos del Veterano extiende a esa población ciertas garantías relacionadas con la adquisición de propiedades, la educación, contribuciones sobre ingresos y sobre la propiedad, sobre el uso de vehículos, entre otras. 

Torres resaltó que, no solo quienes han servido en las Fuerzas Armadas desconocen los derechos que les cobijan, sino que, en muchas ocasiones, las propias agencias públicas que deben promover su efectividad los ignoran también.

El secretario del DTOP dijo que ha impartidos instrucciones para que el personal de los 14 Centros de Servicios al Conductor (CESCO) alrededor de la Isla conozcan los detalles de la iniciativa y orienten a la ciudadanía al respecto. Además, en esas instalaciones se colocarán letreros con toda la información pertinente. 

“Como la ley es de reciente creación y los funcionarios que tenemos, a veces, son empleados que llevan mucho tiempo, quizás, no conocen todos los detalles, pero ya la directora del CESCO ha estado orientando y dando entrenamiento a nuestro personal para que tenga la sensibilidad… para que entiendan que este es un nuevo ordenamiento dentro de la Ley 22 (de Vehículos y Tránsito) que permite que se haga esta distinción”, resaltó el funcionario.

Explicó también que las personas interesadas en obtener la licencia con la clasificación de veterano deberán presentar en los CESCO el formulario DD-214, y los demás requisitos de renovación de licencia para que se les honre la distinción. Si el permiso de conducir aún está vigente, se necesitará presentar el formulario federal, y se le preparará una nueva tarjeta sin costo adicional. 

En tanto, el senador Suárez, autor de la pieza legislativa, dijo que el interés surgió tras recibir reclamos de diversos veteranos sobre las complicaciones que conlleva contar únicamente con el formulario federal como evidencia de su identidad como excombatiente de las Fuerzas Armadas de Estados Unidos. 

El legislador popular reconoció también que, desde que se firmó la ley en junio del año pasado, es muy poca la difusión que ha recibido el distintivo.