Sin vista pública y con propósitos que no encuentran fundamento en la medida, la Legislatura y el Ejecutivo convirtieron en ley un proyecto que pretende hacer más rápidos los juicios por desahucio, así como la eventual sentencia de lanzamiento.

Los cambios con los que se lograría la celeridad incluyen que antes a los jueces se les dirigía a resolver los procedimientos de desahucio en un término lo “más breve posible”, y ahora es en 10 días. En el caso de inquilinos que no son indigentes, la ley anterior proveía para 20 días entre la sentencia de desahucio y el lanzamiento, es decir, la expulsión de la propiedad por parte de un alguacil y ahora la ventana de tiempo es de 10 días.

Para los individuos indigentes, los 40 días anteriores también se reducen a 10, mientras que las familias indigentes ahora tendrán 20 días en vez de los anteriores 40 días. El proyecto eliminó también el requisito de notificarle al secretario de Vivienda, lo cual antes daba unos días adicionales.

Entre los detalles que se mantienen, y en casos de familias indigentes, se requiere la presencia de personal de Familia y Vivienda a la hora del lanzamiento, así como se mantiene el requisito que tiene la reglamentación federal de que, en las propiedades con subsidios federales, se realice un procedimiento administrativo informal antes de que se someta la demanda de desahucio.

Los nuevos procedimientos rápidos aplican lo mismo en casos de alquileres residenciales que comerciales, aunque se crea una distinción en la práctica, ya que ahora los jueces municipales tienen jurisdicción para presidir procesos de desahucio cuando el canon de alquiler anual no sea de más de $5,000.

Esta demarcación prácticamente separa la mayoría de los alquileres subsidiados a indigentes, que se verán en el foro municipal, de los comerciales, que se verán en el Tribunal de Primera Instancia. Otro cambio es que, en el foro municipal, el caso se puede llevar sin abogado.

La medida es de la autoría del senador estadista Carlos Díaz y parece estar impulsada por la Asociación de Arrendadores de Bienes Inmuebles de Puerto Rico (AABI), única entidad privada, aparte del Colegio de Abogados, que compareció en el proceso legislativo. Díaz ni el presidente de AABI, Milton Serrano Medina, contestaron llamadas de PRIMERA HORA.

Dudosa la meta de la ley

En el informe cameral sobre la medida, sin embargo, la AABI aparece argumentando que la ley anterior es “retrógrada, obsoleta y arcaica” y que afectaba a los “buenos inquilinos” porque los arrendadores están “reacios a dar sus propiedades en alquiler” al supuestamente no tener un mecanismo efectivo para lidiar con los morosos.

Para el catedrático de la Escuela de Derecho de la Universidad de Puerto Rico (UPR) Luis Muñiz Argüelles, la meta de la ley de promover más alquileres “no parece estar sustentada de forma alguna y sólo parece ser una manifestación para hacer menos antipática la medida”. El especialista en temas de propiedades se mostró escéptico de que los cambios en la ley tengan algún efecto real en los procesos de desahucio, o que, de hecho, los agilice.

En la única vista que tuvo la medida, en privado porque no hay constancia de una vista pública, el Colegio de Abogados y los departamentos de la Familia, Vivienda y Justicia expresaron reservas sobre distintos aspectos por el impacto que tendría en los sectores marginados, porque se podría violentar el debido proceso y por el efecto que el desahucio tiene sobre la salud familiar. Algunas de las objeciones se convirtieron en enmiendas y las agencias del ejecutivo luego dieron su aval.