La presidenta del Negociado de Telecomunicaciones de Puerto Rico, Sandra Torres López hizo pública la Orden Administrativa 2020-OA-001 que establece las guías para que las empresas de telecomunicaciones puedan habilitar puntos estratégicos de servicio a los clientes, ante la alta demanda y necesidad de los mismos durante esta emergencia de salud pública y otorga a las empresas de telecomunicaciones dos días para informar al NET su localización.

“La gran demanda del servicio de telecomunicaciones en este momento hace necesario que las compañías de telecomunicaciones puedan realizar estos trabajos para mantener a los ciudadanos conectados, reemplazar equipos averiados y mejorar la capacidad del servicio. Para ello la orden provee que se hagan accesibles a los usuarios, a través de estos puntos de servicio los dispositivos que le permiten la conectividad necesaria,” afirmó la Presidenta del NET.

La Sección 6ta de la Orden Ejecutiva 2020-033 provee para que las empresas de servicios de telecomunicaciones puedan establecer puntos estratégicos en coordinación con el NET. La funcionaria explicó que los servicios serán por cita previa y en coordinación con las empresas, a través de los medios habilitados por éstas, sea su centro de llamadas, aplicación móvil o comunicación mediante correo electrónico.

“Cada empresa podrá establecer dos (2) centros estratégicamente localizados por zona y utilizarán como referencia el mapa de las regiones del Negociado para el Manejo de Emergencia y Administración de Desastres. Estos podrán operar de lunes a viernes de 9:00 am a 5:00 pm, pero solo atenderán público por cita previa y no podrán estar localizados dentro de un centro comercial.” detalló Torres López.

La Presidenta destacó que “aún cuando están exentos de la OE-2020-033, todos tienen la responsabilidad de cumplir estrictamente con las medidas de protección establecidas para evitar la propagación del COVID-19. Por lo que se velará que una persona a la vez acceda al centro, cubriéndose el área de la boca y nariz con una mascarilla o una bufanda de tela u otro material y evitando aglomeraciones innecesarias, manteniendo la distancia recomendada de un mínimo de seis (6) pies entre sí; así como los demás requerimientos esbozados en la OE-2020-033 sobre las medidas cautelares a seguir para empleados y ciudadanos que buscan servicio.”

El servicio de telecomunicaciones está clasificado como uno esencial por lo que se permiten los trabajos de construcción necesarios para que los sistemas no se saturen, mejorar la capacidad del servicio, o trabajar en nuevas facilidades que mejoren la capacidad de los servicios de telecomunicaciones. Particularmente, en áreas de impacto a servicios de emergencia, telemedicina, trabajo remoto y educación en línea.

De igual forma, la orden aclara que están exentos aquellos negocios o comercios que son parte de la cadena de suministros y que proveen servicios a las compañías de telecomunicaciones que afectan o incidan en la capacidad de estas proveer un servicio adecuado a sus respectivos clientes. Ejemplo de este tipo de negocios son los talleres de servicios técnicos para equipos de telecomunicaciones, sin los cuales el ciudadano no puede comunicarse.

Acceda al siguiente enlace para obtener copia de la Orden Administrativa NET 2020-OA-001: http://www.jrtpr.pr.gov/orden-administrativa-se-emite-con-el-proposito-de-informar-el-alcance-de-la-orden-ejecutiva-num-oe-2020-033/