Nuevas reglas sobre la forma en que los bancos cubrirán los sobregiros de sus clientes entrarán en vigor a partir del próximo 1 de julio para cuentas nuevas y del 15 de agosto para las ya existentes, y el cambio requiere acción de los poseedores de cuentas bancarias.

Los cambios están dirigidos específicamente a los cargos que se hacen con tarjetas de débito, conocidas también como las ATM, pero no se descarta que afecten otro tipo de sobregiro en la cuenta.

La alteración principal consiste en obligar a los bancos a obtener la aprobación expresa de sus clientes antes de incluirles en algún plan de cubierta de sobregiros.

Se supone que los distintos bancos de Puerto Rico hayan comunicado ya a sus clientes sobre el cambio de las reglas y les estén también ofreciendo el mecanismo para autorizar su inclusión en el programa de cubierta de sobregiros que ofrezca la institución.

El sobregiro ocurre cuando el cliente no tiene fondos suficientes en su cuenta para cubrir una transacción y puede ocurrir tanto en pagos con cheques como en transacciones que se realizan con las tarjetas de débito. Las nuevas reglas permiten a los bancos seguir autorizando el pago de sobregiros con cheques y transacciones prefijadas, conocidas también como “pagos automáticos”, pero requieren la autorización expresa para el resto.

El secretario de Asuntos del Consumidor, Luis Rivera Marín, aseguró ayer que “ vamos a estar bien pendientes, aun cuando es un asunto regulado por una agencia federal”.

Adelantó que el DACO establecerá una campaña de orientación al consumidor, ya que encuestas realizadas en Estados Unidos demostraron que la mayoría de los consumidores desconocen “que cuando usas las tarjetas en puestos de venta y en las máquinas, y no tienes fondos suficientes, te hacen un cargo que puede variar de $10 a $38”. Indicó que “esta nueva regulación lo que persigue es que, como había ese desconocimiento, que ahora los consumidores puedan optar si permiten que se le cobren esos cargos”.