Supremo destituye a Maritza Ramos

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 19 años.
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EL TRIBUNAL Supremo decretó por unanimidad la destitución inmediata de Maritza Ramos del cargo de jueza superior por violaciones serias a los Cánones de Ética Judicial.
El drama que comenzó en 2004 concluyó ayer con la destitución de Ramos por violar ocho cánones de ética judicial al abusar de su poder como jueza en su intento de adoptar al niño lituano-ruso Arnas Gaurilcikas y por contratar como abogada personal a Ana López Prieto mientras litigaba en su sala en el Tribunal de Primera Instancia de Carolina.
“Estas actuaciones, no hay duda, afectan a todos los que integran la Rama Judicial. No podemos ser tolerantes o condescendientes ante tal comportamiento. Por tal razón resolvemos que, como sanción, procede decretar la destitución inmediata de la licenciada Maritza Ramos del cargo de juez superior. La temeridad y gravedad de la conducta por ella incurrida no nos dejan otra opción”, dice la sentencia per curiam del Tribunal Supremo emitida ayer.
La jueza asociada Anabelle Rodríguez se inhibió y el juez presidente Feredrico Hernández Denton emitió una opinión de conformidad.
La sentencia alude a la “gravedad” de la conducta de Ramos, a sus intervenciones “impropias” y a su “menosprecio” por los procesos. Durante las vistas evidenciarias de la Comisión de Disciplina Judicial -que recomendó su destitución-,Ramos negó los cargos que se le imputaban. Su voz siempre fue dulce, lloró y apeló a los sentimientos de maternidad.
La sentencia hace un recuento detallado de los hechos desde que en 2004 la entonces jueza presidenta del Supremo Miriam Naveira suspendió a Ramos de sus funciones judiciales. También suspendió a las juezas Mirinda Vicenty y Berta Mainardi, quienes luego fueron reinstaladas en funciones administrativas.
El Tribunal Supremo recientemente amonestó a Vicenty y unánimemente exoneró a Mainardi.
El caso de Ramos es muy diferente. Es la protagonista de la historia triste del niño Arnas desde 2002. La madre del niño, Irina Smith Romanova -quien padece una enfermedad mental- tuvo que irse de Puerto Rico para evitar cargos criminales por tratar de incendiar su casa.
El Departamento de la Familia asumió su custodia legal y lo ubicó en el hogar de Emma Clemente Cora, donde permaneció hasta mayo de 2003. Ramos -siendo todavía jueza administradora del Tribunal de Carolina- intentó adoptarlo por todos los medios. Logró ser el hogar de crianza luego de presionar, insultar y actuar impropiamente, según la investigación de la Oficina de Administración de los Tribunales (OAT).
En las vistas evidenciarias salió a relucir cómo las agencias encargadas del caso obviaron procedimientos administrativos y legales, mostraron desconocimiento de los tratados internacionales, fueron influenciadas por la jueza y cometieron una serie de actos y omisiones antiéticas.
Finalmente, el 6 de febrero de 2004, un tribunal ordenó que el menor fuera devuelto a su familia en Lituania. Ramos alegó que el niño era maltratado en su país.
El Tribunal Supremo resolvió que Ramos abusó de su poder para lograr “beneficio personal” en el manejo del caso Departamento de la Familia vs. Irina Smith, para lograr acceso a información confidencial, al intervenir como jueza en el caso de pensión alimentaria de Clemente Cora cuando era la dueña del hogar del menor, al emitir un comunicado de prensa contraviniendo una orden judicial y al contratar a López Prieto como abogada en el caso del niño cuando litigaba en su sala. No encontró que violó los canónes por su intervención en un caso de la alguacil de su sala en Carolina, Madeline González Urbina.
El Supremo instruyó, además, a la Secretaría que le enviara copia de la determinación al Procurador General para que investigue la conducta profesional de López Prieto para fijar “la responsabilidad disciplinaria que procede”.

