Supremo le ordena que le pague a Krans

Nota de archivo: esta historia fue publicada hace más de 17 años.
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Aténgase.
El titiritero Antulio “Kobbo” Santarrosa no tiene más remedio que pagar la sentencia —ahora con intereses— que le impuso la corte hace dos años por difamar en su programa de chismes al empresario Adolfo Krans porque el Tribunal Supremo le dio un ultimátum.
El abogado de Santarrosa, José E. Colón, le informó ayer vía telefónica al abogado de Krans, Ángel Tapia Flores, que le había enviado por correo, a nombre de su cliente, un cheque por la suma de $388,800. Colón le dijo al ex presidente del Colegio de Abogados que el cheque le fue enviado a través del correo regular.
En la tarde de ayer, el cheque no se había recibido, dijo el abogado de Krans.
El principal del pago de la sentencia era de $270 mil, pero la cantidad aumentó con intereses al 8%, contabilizados desde el 2 de agosto de 2002, fecha en que se radicó la demanda, hasta el presente.
“Sólo hemos recibido un facsímil con la copia del cheque que apareció retratado en la prensa. Aparentemente lo enviaron por correo”, sostuvo Tapia Flores.
Santarrosa se vio obligado a liquidar la sentencia que le impuso la jueza superior Awilda Mejías Ríos porque el pasado 7 de marzo el Tribunal Supremo le falló en contra en una segunda solicitud de reconsideración.
“A la segunda moción de reconsideración, no ha lugar. Aténgase a lo resuelto”, le advirtió el más alto foro judicial del país al manejador de la muñeca La Comay.
La orden del Supremo significa que Santarrosa y su abogado no pueden radicar ningún otro escrito y de hacerlo podrían ser sancionados, dijo Tapia Flores.
El pasado mes de diciembre, el alto foro judicial no entró a evaluar siquiera un recurso de revisión que instaron los abogados de Santarrosa y de Wapa Televisión, codemandado en el pleito.
El Supremo mantuvo la sentencia que emitió la jueza superior Mejías Ríos, quien concluyó que el chismólogo difamó a Krans en la edición de “SuperXclusivo” del 3 de agosto de 2001 cuando era esposo de la entonces gobernadora Sila M. Calderón y le imputó una infidelidad amparándose en una cinta “vacía”.
Santarrosa alegó que la imputación había sido una “hipérbole retórica” que se podía entender como “un chiste”.
Pero, en marzo del año pasado, un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones confirmó la calumnia y temeridad impuesta a los demandados. El panel sostuvo que el titiritero difamó a Krans porque le imputó una relación extramarital a sabiendas de que la información era falsa.
El panel determinó que Krans es una figura pública y que logró probar malicia real y expresa bajo la Ley de Libelo y Calumnia.
Los jueces concluyeron que Krans era el esposo de la entonces gobernadora, pero aun así gozaba como cualquier esposo o esposa de un funcionario público del derecho a la protección de su vida íntima. “Sencillamente, el señor Santarrosa no puede convencernos de que estaba ejecutando un acto informativo periodístico o noticioso, digno de protección constitucional, cuando a sabiendas y con grave menosprecio de la falsedad de la infidelidad decidió publicarla. Tal maliciosa difamación carece de protección constitucional”, concluyeron los jueces Luis Rivera Román, Gretchen Coll Martí y Andrés Salas Soler.

