El Código de Orden Público del municipio de San Juan, que entrará en vigor el próximo 9 de noviembre, contiene nuevas regulaciones sobre el uso adecuado de espacios públicos, protección del medioambiente, horario de venta de bebidas alcohólicas, normas de limpieza y limitaciones a ruidos intensos.

“El Código de Orden Público es el conjunto de reglas que se agrupan en una ordenanza que, básicamente, disponen sobre cuales son las normas de sana convivencia que deben existir en el municipio de San Juan para lograr un balance entre esa sana convivencia, la paz que buscamos para las comunidades y también permitir el espacio para que tengamos esa actividad económica tan necesaria para la ciudad capital”, dijo el alcalde Miguel Romero Lugo.

Entre las regulaciones más destacadas, según el alcalde, están aquellas relacionadas a la venta y despacho de bebidas alcohólicas, limitación a ruidos y sonidos intensos, manejo de desperdicios sólidos y regulaciones para proteger el medioambiente.

Normas sobre sonidos fuertes y perturbantes

El primer ejecutivo municipal subrayó que, entre las nuevas normas, se establecerá un nuevo horario para el uso de maquinaria de construcción. Por ejemplo, de acuerdo con estas nuevas regulaciones del Código de Orden Público, no se podrá utilizar equipo de construcción industrial a partir de las 8:00 p.m. hasta las 7:00 a.m. Sin embargo, indicó que las obras del gobierno y aquellas de emergencia están exceptuadas de esta normativa.

Manejo de desperdicios sólidos

“El Código establece regulaciones relacionadas a la prohibición de tirar basura a espacios que están designados para el uso público y para el disfrute de todas las familias”, señaló.

La ordenanza estipula que no se permitirá arrojar basura en espacios públicos, tales como aceras, calles, plazas, parques y otros espacios de dominio público. Asimismo, dispone que aquellos negocios que utilicen espacios públicos deberán asegurar su limpieza. Además, deberán proveer recipientes necesarios para el despacho de basura. Los negocios, a su vez, serán responsables de disponer de estos desperdicios de forma adecuada.

Horario de venta y despacho de bebidas alcohólicas

Por su parte, Daphne Barbeito, directora de Desarrollo Económico y Turismo de San Juan, explicó que el Código de Orden Público contempla regulaciones en torno a la venta y despacho de bebidas alcohólicas en negocios y establecimientos.

A partir del 9 de noviembre, la venta y expendio de bebidas alcohólicas será permitida de domingo a jueves desde las 6:00 a.m. hasta la 1:00 a.m. Sin embargo, si el lunes es feriado, el horario de venta los domingos se extenderá hasta las 2:00 a.m. Mientras que los viernes y sábado, se permitirá desde las 6:00 a.m. hasta las 2:00 a.m.

Barbeito puntualizó que estas reglamentaciones no se aplican a eventos privados. “Cualquier evento privado, entiéndase, cumpleaños, convenciones o bodas, o cualquier otro evento privado no cae dentro de la normativa de tener que cesar el expendio de bebidas alcohólicas dentro del horario que se establece en este Código de Orden Público”, dijo la funcionaria.

Regulaciones ambientales

“El Código de Orden Público de San Juan incluye disposiciones relacionadas a lo que es la protección del ambiente y el cuidado de nuestros cuerpos de agua y de nuestras playas. Por ejemplo, evitar lo que son descargas de ciertos líquidos en nuestros sistemas pluviales y en las alcantarillas, particularmente como negocios y restaurantes que manejan aceites”, mencionó el alcalde.

El ejecutivo municipal también indicó que el Código de Orden Público prohíbe el uso de neveras de ‘foam’ o poliestireno expandido en las playas del municipio.

Infracciones al Código de Orden Público

Barbeito, por su parte, destacó que el Código de Orden Público contiene dos procesos relacionados a la fijación de multas por violaciones a esta ordenanza.

“El área de las infracciones y multas [en el Código de Orden Público] tiene dos alternativas al comerciante y al individuo: por un lado, puede apelar la multa dentro del sistema del Tribunal Administrativo del Municipio de San Juan”, dijo, al tiempo que comentó que las personas tendrán 30 días, a partir del recibo de la multa, para impugnar la infracción.

“Si la persona escoge pagar la multa puede acogerse a un 50 % de descuento si lo hace dentro de los 30 días que ha recibido esa infracción”, agregó.

Sin embargo, si el comerciante o individuo se acoge al incentivo por pago temprano, renunciará a la solicitud de una vista administrativa.

Para más información sobre el Código de Orden Público, puede acceder a sanjuan.pr.