El Senado ratificó esta tarde el informe del comité de conferencia del proyecto de ley que prohibiría a la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), bajo la administración de LUMA Energy, cobrar a abonados por errores de cálculo administrativo o por estimados después del período de 120 días de expedida la factura de la luz.

La pieza legislativa, con autores de distintas delegaciones, obtuvo 18 votos a favor y seis votos abstenidos de senadores novoprogresistas. Otros tres novoprogresistas, William Villafañe Ramos, Wanda Soto Tolentino y Nitza Morán Trinidad, votaron a favor.

El proyecto fue aprobado en su versión final en un comité de conferencia de ambos cuerpos legislativos y pasaría a la firma del gobernador Pedro Pierluisi.

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La medida, que enmienda la Ley 83 de la AEE del 2 de mayo de 1941, aplica a clientes residenciales, comerciales, industriales e institucionales y establece que las cantidades a cobrar por estos conceptos no estará sujetas a intereses, recargos o penalidades. Dispone, además, que los clientes podrán solicitar un plan de pago sin que se les requiera depósito inicial.

La Ley 83 de 1941 fue enmendada en 2002 para disponer un término máximo de 120 días a partir de la expedición de las facturas por concepto de consumo de energía eléctrica para notificar a los clientes de errores en el cálculo de los cargos facturados.

El Proyecto de ley indica que esta limitación respondió a la necesidad de promover la eficiencia por parte de la AEE y evitar que sus abonados estuvieran expuestos a cargos retroactivos, injustos u onerosos, pero la enmienda solo aplicaba a clientes residenciales dejando fuera a los clientes comerciales, industriales e institucionales.

“Es totalmente injusto que un abonado de la Autoridad, sin importar qué tipo de cliente sea, que, descansando en la eficiencia de esta entidad, haya pagado debidamente los cargos facturados por el consumo de energía eléctrica, esté sujeto a que en un futuro le requieran retroactivamente el pago de cargos que no fueron oportunamente cobrados o facturados por la Autoridad. Permitir semejante proceder de parte de la Autoridad, no solo es impropio, sino que fomenta la ineficiencia administrativa y gerencial que se busca corregir y desalentar”, dice la medida en su exposición de motivos.

La senadora Ana Irma Rivera Lassén, quien votó a favor, dijo que no tiene un número de clientes afectados por el cobro de facturas erróneas retroactivas, “pero mucha gente se ha estado quejando y estos cargos pueden ser enormes”.

Por su parte, el senador novoprogresista Carmelo Ríos Santiago, uno de los abstenidos, indicó que cree “en perdonar, pero eso no puede ser la norma, no puede ser que siempre estemos con el ‘¡ay, bendito!’”.

“En este caso, yo creo que los legisladores votaron conforme a lo que ellos entendían”, dijo Ríos Santiago, quien reconoció que puede haber deudas “injustas, pero (los abonados) pudieron haber hecho reclamaciones”.

Los autores de la medida son los senadores Joan Rodríguez Veve, Wanda Soto Tolentino, Rubén Soto Rivera, William Villafañe Ramos, Marially González Huertas, Ana Irma Rivera Lassén, Ramón Ruiz Nieves, Juan Zaragoza Gómez y José Vargas Vidot. El proyecto de ley fue radicado el pasado 23 de mayo.