El Tribunal de Apelaciones resolvió a favor del Panel sobre el Fiscal Especial Independiente (FEI) en el caso que llevan los fiscales Ramón M. Mendoza Rosario y Zulma I. Fúster Troche contra los empresarios Aaron Vick y Juan Maldonado de Jesús, involucrados en la fallida compra de pruebas rápidas de detección de COVID-19 bajo la administración de la gobernadora Wanda Vázquez.

En su decisión, los jueces Grace Grana Martínez, Nery Adames Soto y Glorianne Lotti Rodríguez determinaron que el Informe de Investigación Preliminar, rendido por el Departamento de Justicia, no contiene evidencia exculpatoria que pueda ser reclamada por los acusados.

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Este fallo permitió que el caso fuera devuelto al Tribunal de Primera Instancia para la continuación del proceso judicial, según precisó el FEI este lunes en un comunicado de prensa.

Imputaciones en el caso

Vick fue acusado de falsificación de documentos e intervención indebida en operaciones gubernamentales durante la compra de las pruebas rápidas de COVID-19 en el 2020.

Por su parte, Maldonado actuó como abogado gestor del escandaloso contrato otorgado por el Departamento de Salud a la empresa Apex General Contractors, para adquirir las pruebas a un sobreprecio de $38 millones.

Según trascendió, Salud pretendió comprar, en un proceso expedito al inicio de la pandemia, un millón de pruebas serológicas a Apex General Contractors. La compañía no contaba con experiencia para manejar productos médicos, pero tenía conexión con el liderato del Partido Nuevo Progresista.

En septiembre de 2022, el juez Jimmy Ed Sepúlveda Lavergne, del Tribunal Superior de San Juan, desestimó los cargos contra ambos empresarios, argumentando que no existían pruebas suficientes para continuar con el caso. Además, Sepúlveda Lavergne rechazó una moción del FEI para que entregara el Informe de Investigación Preliminar a la defensa, al considerarlo innecesario en ese momento.

Revocación del fallo por el Tribunal Supremo

Los fiscales acudieron al Tribunal Supremo, que revocó la decisión de Sepúlveda Lavergne en septiembre de 2023 y reinstaló todos los cargos. A partir de ahí, el FEI presentó nuevas peticiones ante el Tribunal Apelativo, solicitando que se reconsiderara la entrega del informe.

El 28 de junio de 2024, el Tribunal Apelativo devolvió el caso al Tribunal de Primera Instancia, ordenando que se identificaran las partes del informe que pudieran constituir prueba exculpatoria. En septiembre de 2024, el Tribunal de Primera Instancia ordenó al FEI entregar a la defensa ciertas partes del informe. Sin embargo, el FEI solicitó reconsideración y, tras la negativa del Tribunal de Primera Instancia, presentó un recurso ante el Tribunal Apelativo el 20 de septiembre de 2024.

Sigue el proceso judicial

La sentencia del Tribunal de Apelaciones reafirma que el sumario fiscal es privado y secreto, y que no existe un derecho constitucional a que la defensa tenga acceso a los documentos de la investigación de manera rutinaria. De acuerdo con el tribunal, la persona investigada solo tiene derecho a solicitar pruebas exculpatorias antes de que inicie el juicio, pero no puede acceder a todo el expediente.

Este fallo concluye que, en ausencia de evidencia exculpatoria, la normativa no resulta aplicable al caso y se mantiene el proceso judicial en curso.