La jueza Rebeca de León Ríos, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, se reservó en la tarde de este miércoles el fallo sobre la demanda en la que se cuestiona si el Directorio del Partido Nuevo Progresista (PNP) erró al quitarle la certificación que ya le había sido conferida a Gabriel Sicardó Ocasio para poder participar de la elección de pueblo que se iba a realizar para seleccionar al sustituto de Félix “El Cano” Delgado en Cataño.

Su dictamen será emitido por escrito y divulgado a las partes posiblemente mañana, jueves, día en que el exdirector de la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles (ACAA), Julio Alicea, podría ser certificado por la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) como alcalde de la municipalidad.

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Durante la vista judicial, De León Ríos dejó claro que en su determinación deberá limitarse a evaluar si “se ajustó o no ajustó la determinación del Directorio al Reglamento (del PNP), que me parece un asunto de estricto derecho”.

“Los tribunales no somos entes políticos. No nos corresponde determinar si es un candidato idóneo o no”, añadió, al dejar claro que “yo no voy a convertir al tribunal en el comité evaluador (del PNP)”.

La afirmación de la jueza se dio luego de que las partes sometieran el caso a la jueza con lo estipulado en la demanda y otros documentos sometidos por el PNP, como la resolución del Directorio en contra de Sicardó Ocasio, sin que se llevara a nadie a testificar o que se presentara por escrito las posturas de cada parte.

Cabe destacar que, durante la vista judicial, el abogado del PNP, Francisco González Magaz, presentó una moción para que se dejara sin efecto la demanda de Sicardó Ocasio. Estipuló, entre otras cosas, que el tribunal no tenía jurisdicción en el caso, pues no se incluyó en el pleito a la CEE ni a Alicea, quien se vislumbra como el próximo alcalde de Cataño.

La jueza declaró la moción no ha lugar, al establecer que lo que está en controversia es la validez de la determinación del Directorio del PNP de quitarle la certificación conferida por el Comité Evaluador del PNP.

El proceso de selección de un nuevo alcalde en Cataño se da luego de que Delgado renunciara al cargo, pues se declaró culpable en el foro federal de haber recibido sobornos a cambio de beneficiar a varias empresas, entre esta la del recogido de basura, Waste Collection, propiedad de Oscar Santamaría.

Si el tribunal ordena que Sicardó Ocasio permanezca certificado como candidato, el PNP deberá evaluar si prosigue con la elección de pueblo que había sido citada para el próximo 19 de diciembre o cambia la fecha.

A la salida de la sala del tribunal, Sicardó Ocasio se mostró confiado en que “la justicia va a prevalecer” en su reclamo para que le permitan participar en una elección especial en la que el pueblo escoja a su próximo alcalde.

Su abogado, Raúl Darauche Andújar, expuso que no les preocupa el hecho de que Alicea pueda ser certificado tan pronto como mañana, jueves, y juramente como alcalde.

“Nosotros estamos muy tranquilos con relación a eso, porque si recordamos al (gobernador Pedro) Pierluisi lo juramentaron en el 2019 y después tuvo que dejar el cargo. Eso, realmente, son procesos. Pero, yo entiendo que la jueza de hoy a mañana debe estar emitiendo su decisión”, afirmó.

Tanto el candidato como su abogado indicaron que todavía desconocen por qué razón el Directorio del PNP descalificó a candidato. La decisión fue tomado el pasado domingo.

El subsecretario del PNP y quien asistió a la vista, el representante Gabriel Rodríguez Aguiló, insistió que la razón está incluida en la resolución emitida por el Directorio. No quiso hablar de esta, pero hizo llegar a Primera Hora copia de la misma.

El documento no expone una razón específica para la descalificación. Solo cita un artículo del Reglamento de la Palma en el que expone que los candidatos de esta partido deben “gozar de una imagen pública sin tacha, susceptible de ser sometido al rigor del escrutinio público”.

En la moción del PNP, se alude a que, “indica el demandante (Sicardó Ocasio), que la notificación del Directorio no incluyó una razón para la negativa de cualificación y sugiere, sin fundamento alguno, que la misma se pudo deber a discrimen por su raza, orientación sexual y/o condición social, o por su relación cercana con el pasado alcalde de Cataño, Félix “Cano” Delgado”.

González Magaz y Rodríguez Aguiló rechazaron ante la prensa esos argumentos e insistieron en que la razón estaba contenida en la resolución del Directorio.

Fue más clara, sin embargo, la moción sometida por el PNP para que se desestime la demanda sobre las razones para la descalificación.

El documento judicial alude a que “el PNP respetuosamente afirma que la descalificación obedeció a un análisis minucioso de la idoneidad de Sicardó Ocasio como candidato por los miembros del Directorio conforme el derecho, las leyes y los reglamentos aplicables. Los partidos, como instrumentos de asociación política y componentes de la democracia que ostentamos, tienen una obligación de ofrecerle al electorado candidatos que no solo representen los valores del partido y estén libres de señalamientos o sospecha, sino que puedan enfrentar un escrutinio público. Después de todo, el partido no es un edificio o un color, sino la gente que lo compone. Lo que revele un escrutinio sobre un candidato afecta el nombre, y por lo tanto el valor y el potencial de contribución a la sociedad, del partido”.

Se alegó que el PNP está enfocado en “frustrar la corrupción” y que ese esfuerzo se inicia desde la papeleta.

“Como parte de este análisis se discutieron múltiples asuntos levantados en cuanto a la trayectoria del demandante, a saber su desempeño en el Municipio de Cataño cuando contratos que han sido objeto de repudio público o procesos criminales fueron suscritos y la manera en que fue designado alcalde interino. Estos cuestionamientos le fueron notificados al demandante durante su evaluación por el Comité. Cada miembro del Directorio tomó estos factores en consideración y, los que no se inhibieron, emitieron un voto. De esta manera, el Directorio del PNP decidió no cualificar a Sicardó Ocasio como candidato para la alcaldía del Municipio de Cataño”, dice el documento legal presentado por González Magaz.

La moción también establece que contra Sicardó Ocasio habían varias imputaciones que le fueron cuestionadas por el Comité de Evaluación. Una de estas fue si llegó a solicitar a la Oficina de Ética Gubernamental una dispensa para trabajar como abogado de la práctica privada mientras era empleado a tiempo completo en el municipio.

Además, se le cuestionó sobre la injerencia que tuvo en los contratos cuestionados en el foro federal por los cuales Delgado aceptó haber recibido sobornos, así como si del municipio le obsequiaron un auto. Solo se divulgó la contestación referente al auto supuestamente obsequiado, alegación que se indicó fue rechazada por Sicardó Ocasio.