La Asociación de Relacionistas Profesionales de Puerto Rico presentó en la tarde de hoy, jueves, una querella contra la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE) por violaciones a la ley que reglamenta esa profesión en Puerto Rico por la contratación de una empresa no autorizada para ejercer este trabajo en la Isla.

Además de la violación de ley, se reclama en la querella que el contrato millonario que firmó la AEE con la empresa J. Frank & Associates es nulo y redunda en mal uso de fondos públicos.

“Una de las cosas más lamentables en este caso es la violación de la ley por parte de una instrumentalidad gubernamental. Los objetivos descritos en el contrato coinciden claramente con las funciones descritas en la Ley 204 de 2008 que regula la práctica de las relaciones públicas en Puerto Rico”, expresó el presidente de la asociación, Edgardo Sanabria, momentos después de radicar el recurso contra la AEE.

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La querella, acompañada de una solicitud de orden para descubrimiento de prueba, fue presentada ante la Junta Reglamentadora de Relacionistas, con sede en el Departamento de Estado.

“Una de las razones por las que se creó la ley que nos regula, además de asegurar que los profesionales de las Relaciones Públicas cumplan con los estándares éticos y de capacitación académica apropiada, es velar por el interés público y eso es lo que estamos haciendo en estos momentos. El gobierno y sus instrumentalidades deben ser los principales custodios de las leyes, no los primeros en infligirlas”, agregó Sanabria.

En la querella se establece el hecho de que la AEE suscribió un contrato por más de un millón de dólares con la mencionada empresa el 15 de octubre de 2015, que es el mismo día en que J. Frank Associates se registró para hacer negocios en Puerto Rico. 

Dicho contrato, cuya extensión es de apenas seis meses, además de la suma de un millón de dólares, establece que se hará un reembolso de gastos a la empresa “hasta un máximo de 8% del total del contrato”.

En el documento que sometió la Asociación de Relacionistas Profesionales también se enumeran las funciones que realizará la empresa para demostrar que estas “constituyen práctica de relaciones públicas”. 

“Los servicios profesionales descritos en el contrato entre J. Frank Associates, incluyendo el detalle que se provee en los objetivos estratégicos, al constituir práctica de relaciones públicas, deben ser provistos con una licencia de relacionista público”, se afirma, mientras se destaca que ninguno de los oficiales o el personal de la empresa contratada está autorizado a ejercer la práctica de relaciones públicas en Puerto Rico. 

Se solicita a la Junta Reglamentadora que impongan diversas sanciones a los directivos de la AEE, los miembros de su Junta de Gobierno y a los oficiales de la empresa contratada. Esas sanciones incluyen multas y distintos referidos al Departamento de Justicia y a la Oficina de Ética Gubernamental, entre otras.