Habrá que esperar hasta mañana para conocer si el juez José M. D’Anglada, del Tribunal de Caguas, acogerá la moción presentada por los abogados Rubén Parrilla y Luis Pérez que pidieron ser relevados de la representación legal de Miguel Ángel Ocasio Santiago, acusado del asesinato de Andrea Ruiz Costas.

“El juez se reservó la decisión y mañana en la mañana nos notificará cuál fue su determinación”, expresó el licenciado Parrilla al salir de la sala 2021 del Tribunal de Caguas.

En una vista a puerta cerrada, según dispone la regla 8 del Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio, el juez atendió el reclamo levantado por los licenciados que apunta a que “alguien o algún empleado” de la Sociedad para la Asistencia Legal (SAL) -donde trabajan- tuvo comunicaciones “por un período largo de tiempo” con una de las testigos del caso.

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Entre los posibles escenarios está relevar a ambos licenciados del caso, así como a cualquier miembro de la SAL. No obstante, el juez también podría plantearle a la SAL que tiene que tomar medidas para garantizar la representación al acusado. “Lo que pasa es que ya el cliente hizo manifestaciones que conducen a que eso no se puede hacer”, afirmó Parrilla.

Los licenciados indicaron que durante el proceso tuvieron la oportunidad de comunicarse por video conferencia con Ocasio Santiago, quien les manifestó preocupación por el posible conflicto de interés. “Tengo que admitir que no se siente cómodo”, sostuvo Parrilla.

La conversación con el acusado, dijo, se limitó al issue atendido en la tarde y no a la determinación del juez Daniel López González que más temprano había acogido la recomendación del psiquiatra del Estado, William. J. Lugo, que sostuvo que Ocasio Santiago está procesable para enfrentar el proceso judicial por el asesinato de Ruiz Costas.

Los fiscales del caso estuvieron presente durante la vista, pero estos no asumieron posturas en deferencia a la situación que se está atendiendo.

“El juez tiene que examinar el planteamiento que se le ha hecho sobre el conflicto del Canon 21, la obligación que hay de brindar una representación legal libre de desconfianza y mancha y eso lo tiene que resolver el juez, es él que está autorizado para eso”.