Defensa de Anthonieska Avilés solicita desestimación de cargos
Argumentó en su moción que tiene una facultad mental de 10 años con 7 meses.
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La defensa de Anthonieska “Antho” Avilés Cabrera, de 18 años, radicó una moción para la desestimación de los cargos que pesan en su contra por asesinato en primer grado y violación a la Ley de Armas, amparándose en la falta de jurisdicción en el Tribunal de Primera Instancia de Aibonito porque la acusada no cuenta con la capacidad mental mínima de los 15 años requerida para la renuncia automática a la jurisdicción del Tribunal de Menores.
Avilés Cabrera, quien tenía 17 años para la fecha de los sucesos, fue acusada junto a su progenitora, Elvia Cabrera Rivera, por el asesinato con un arma blanca de la adolescente Gabriela Nicole Pratts Rosario, de 16 años, ocurrido el 11 de agosto, en el desvío Roberto Colón, en Aibonito.
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En la moción radicada por las licenciadas Rocío Revelles Ponce y Athelyn Jiménez Emmanuelli, de la Sociedad para Asistencia Legal (SAL), a cargo de la defensa de la imputada, se solicita que no sea procesada como adulta, sino que el caso pase a la jurisdicción del Tribunal de Menores, tras un detallado argumento sobre los servicios que ha recibido desde grados primarios por el Departamento de Educación bajo el Programa de Educación Especial, de acuerdo con el documento suministrado a este medio por la oficina de prensa de la Administración de Tribunales.
“Entendemos que la facultad o capacidad mental de un menor resulta ser un requisito indispensable, tanto para asumir jurisdicción como para excluir de la misma. Dado que la facultad o capacidad mental de nuestra representada está por debajo de los 15 años, la Sala Superior (adulto) no tiene jurisdicción para atender esta causa o asunto. Por ende, lo que procede es que el presente caso sea revertido al Tribunal de Menores de dicha región judicial”, lee un fragmento del documento.
A su salida del tribunal la licenciada Revelles Ponce explicó que “es una moción diciéndole al tribunal que toda vez que esa menor de edad, que era menor de edad (para la fecha de los hechos), tiene esa discapacidad, ese pensamiento limitado que no es acorde con la edad física de ella, pues hay que entonces trasladar el caso al Tribunal de Menores”.
De acuerdo con la moción, las evaluaciones hechas para el 2024 revelaron que el rendimiento total de su representada en las áreas de escritura, lectura y matemáticas “era equivalente a un quinto grado, su nivel de ejecución era bajo promedio y su edad mental equivale a 10 años con 7 meses”.
Las licenciadas a cargo de la defensa de la imputada, plantearon en la moción que el tribunal de adultos carece de jurisdicción como lo establece el artículo 38 del Código Penal de Puerto Rico, que trata sobre las causas de inimputabilidad, que eximen a una persona de responsabilidad penal por no comprender la criminalidad de sus actos.
Por su parte, el fiscal Orlando Velázquez Reyes, reaccionó sorprendido con estos argumentos porque entiende que la Ley de Menores no dispone nada en términos de la edad mental de un imputado.
“Nos sorprende, obviamente. Están cuestionando la jurisdicción del Tribunal de Adultos alegando o utilizando el reglamento de la Ley de Menores, alegando que el caso debe ser remitido al Tribunal de Menores porque ella para la fecha de los hechos no había cumplido los 18 años de edad.
Agregó, al ser abordado por periodistas, que las evaluaciones del Departamento de Educación solo se hicieron en términos de sus destrezas de aprendizaje.
“Lo que sucede es que esos datos ya se estaban discutiendo cuando se discutió la Regla 240. Eso era única y estrictamente a los fines del área cognitiva o el área de aprendizaje no en términos mental general para considerarla así”, sostuvo Velázquez Reyes.
El 17 de septiembre se llevó a cabo una vista al amparo de la Regla 240 de Procedimiento Criminal, el Tribunal de Primera Instancia de Aibonito determinó que la imputada no estaba mentalmente apta para enfrentar el proceso judicial en su contra ya que no podía entender el proceso ni cooperar con su defensa.
Durante otra vista de procesabilidad, el 15 de octubre, el perito José Domingo Malavé determinó que la imputada estaba capacitada para enfrentar un juicio.
Ante este nuevo giro en el caso, la jueza Cristina Córdova Ponce, del Tribunal de Aibonito, señaló a una vista argumentativa para el 9 de diciembre a las 2:00 p.m. El Ministerio Público tiene hasta el 8 de diciembre al mediodía para presentar su posición al respecto por escrito.
La vista preliminar está pautada para comenzar el 11 de diciembre, luego de una vista de necesidad en la sala del juez Raúl Rodríguez Quiles, en la que se evaluaría una solicitud del Ministerio Público para determinar si una adolescente podría prestar su testimonio por circuito cerrado para evitar la exposición directa durante su declaración.
La testigo de 15 años es prima de la víctima, y se alega que se encontraba al lado de Gabriela Nicole al momento de los fatídicos sucesos.
Esta semana la defensa presentó otra moción para conocer si Avilés Cabrera “hizo alguna expresión, admisión o confesión, directa o indirecta, oral o escrita, relacionada a los delitos” que se le imputan a alguno de los múltiples funcionarios con los que ha tenido contacto.


