El Departamento de Justicia dio luz verde la noche del viernes a que se entreguen las las grabaciones de los procedimientos de Regla 6 y Vista Preliminar contra Wilfredo Santiago Figueroa, por una querella de violencia doméstica radicada en su contra por su expareja, Linnette Morales Vázquez de 30 años, a quien ultimó horas después de celebrada la misma, junto a su madre y hermano, el miércoles en Yauco, en lo que constituyó la segunda masacre del año, a un medio digital.

En una moción de una página, de la que Primera Hora obtuvo copia, la fiscal de distrito de Ponce, Marjorie Gierbolini Gierbolini manifestó que el ministerio público no tenía objeción a una petición presentada por el abogado y periodista de Noticel, Oscar Serrano, en la que se solicita que las grabaciones de los procedimientos se hagan públicas.

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El documento, encabezado como ‘Moción autorizando se entreguen audios solicitados por la prensa’ indica que “el 25 de enero de 2024, el Ministerio Público recibió notificación de una solicitud por parte del licenciado Oscar J. Serrano Negrón, con relación a la regrabación del procedimiento de Regla 6 y Vista Preliminar del caso de epígrafe.

Informamos al Tribunal que el Ministerio Público no tiene reparo alguno a lo solicitado por el licenciado Serrano Negrón. El Ministerio Público, no se opone a que este Honorable Tribunal entregue los audios de Regla 6 y de la Vista Preliminar, solicitados por la prensa, en este caso el licenciado Oscar J. Serrano Negrón.

POR TODO LO CUAL, muy respetuosamente se solicita del Honorable Tribunal, se ordene y se provea de conformidad a lo solicitado”, lee el documento.

Según el periódico El Nuevo Día, la Oficina de Administración de los Tribunales habría confirmó que acogió la moción de Justicia, por lo que se entregarían las grabaciones.

El incidente ha generado un debate público que busca que se fijen responsabilidades sobre los funcionarios que intervinieron en el procedimiento, ante aparentes fallas en el cumplimiento de los procesos de ley que debieron aplicarse durante el mismo. El debate se centra sobre la determinación del Tribunal, que dejó libre bajo fianza a Santiago Figueroa sin que se le sometiera al programa de Supervisión Electrónica, a pesar de tratarse de una persona con expediente previo por violencia doméstica y un amplio historial que demostraba que era una persona violenta.

“En la vista preliminar, la defensa solicitó un término adicional para evaluar documentos relacionados al caso. El Ministerio Público se allanó a la solicitud, además, solicitó se enmendara el cuerpo de la denuncia para que los hechos conforme al delito por el cual se determinó causa, el Art. 3.1 de la Ley núm. 54. Se reseñaló para el 28 de febrero de 2024. En esta vista no se solicitó que se revisara la fianza ni sus condiciones. Tampoco se solicitó la imposición de supervisión electrónica. Ayer el Ministerio Público presentó por escrito una moción ponchada a las 4:55 pm en la cual solicitó la imposición de supervisión electrónica”, lee parte de un resumen del tracto del caso, entregado a la prensa el jueves.

Morales Vázquez era madre de dos menores, de 10 y 14 años, que presuntamente no estaban en la vivienda al momento de los hechos.

Se presume que Santiago Figueroa llegó a la residencia y baleó a su Morales Vázquez, de 30 años en el patio, a su exsuegra Lizzette Vázquez Vélez, de 51 años en un cuarto y a su excuñado, Luis Miguel Morales Vázquez, de 28 años, en la cocina.

Después de balearlos, acudió a la residencia de su hermano en el barrio Sierra Alta, donde se privó de la vida.

Santiago Figueroa tenía expediente criminal por violencia doméstica y tenía una orden de protección en su contra hasta el 26 de marzo, a favor de Morales Vázquez, de acuerdo a la Uniformada.