Antes de morir, no deje a su familia problemas y peleas innecesarias por herencia.

Para evitarles mal rato, deje todo cuadrado y no comete los errores más comunes que hacen los boricuas a la hora de repartirse o no lo que dejará tras su partida.

Según la abogada Amber Lee Vélez, que se ha especializado en temas de herencia, el primero de los errores que se comete es “no orientarse” con un abogado notario.

Le sigue el error de darle largas al asunto, porque es un tema incómodo culturalmente para muchos. También tenemos al familiar que nos desalienta, verdad. ‘Es que yo quiero dejar las cosas claras. Ay, no hables de eso, muchacho. Tú no te vas a morir todavía’. Como si eso fuera pájaro de mal agüero y no lo es. Uno tiene que ser realista. Es el desenlace final de la vida. Y bueno, como yo digo, las familias todas son muy cariñosas y muy cercanas hasta que muere mamá o hasta que muere papá, y comienzan ahí las sospechas, primero, del que la cuidaba. ¿Qué habrá hecho con la cuenta de banco? ¿Se piensa quedar a vivir ahí?”, comentó.

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El tercer error es no darle mantenimiento o preservar esa vivienda que se busca heredar. La abogada explicó que, en la repartición de bienes, aquel que utilice de su dinero para saldar deudas o mantener el bien a heredarse, se le devolverá mediante recobro.

El cuarto error, según Vélez, es “pensar que los herederos tienen que ponerse de acuerdo”. Dijo que, aunque existe testamento, hay casos que pueden resolverse en el tribunal cuando hay desacuerdo entre los herederos.

El quinto de los errores más comunes es “contribuir a lo que llamo ‘la bola de nieve’”.

Esta bola empieza a crecer desde que se obvia dejar un testamento. “Es no planificar con tiempo la herencia propia. Entonces, se vuelve en la familia algo que se repite, herencias con propiedades que acaban con muchos herederos desde el abuelo, el tío abuelo, las tías, los primos, los padres, los hermanos y la viuda. Se repite que los bienes que uno deja terminan perdiéndose, haciéndose un problema de deuda de CRIM (Centro de Recaudación de Ingresos Municipales) y de estorbo público. Se recomienda hacer testamento y dejar las cuentas claras para preservar la unidad familiar postmortem”, afirmó la abogada.

En esencia, cuando se deja herencia son tres pasos necesarios que se deben completar para dejar claro a quién le toca qué tras una muerte. El caso ideal es contar con un testamento ya notarizado, que divida los bienes. Pero, si no se dejó, la familia tendrá que acudir al tribunal para conseguir una declaratoria de herederos. En la misma, “el tribunal establece quiénes heredarán”, dijo la abogada.

Con el testamento o la declaratoria de herederos, el próximo paso es cumplir con la “planilla del caudal relisto”. En este proceso se indagan sobre las deudas que tenga el fenecido con distintas agencias. Aunque cuando haya un testamento, “el gobierno es el primero que cobra”, dejó claro Vélez.

El último paso es que se debe preparar una “instancia”. Con esto se permite registrar los derechos hereditarios, por ejemplo, en el Registro de la Propiedad, si es una casa; en el banco, con una cuenta, o en el Centro de Servicios al Conductor (CESCO), si se trata de un vehículo.

Es el Código Civil el que contiene los derechos hereditarios. La abogada explicó que estos procesos mencionados se pueden volver largo y tedioso si existe una larga lista de posibles herederos o porque se debe lidiar con distintas agencias, principalmente para conocer si hay deudas pendientes. Esta regulación también ayuda a dividir los bienes.

“Digamos que todos los bienes que uno deja al morir suman un 100%. Entonces uno tiene que dividir su herencia como manda la ley, que es en dos mitades. Con las enmiendas del Código Civil en 2020, el primer 50% uno tiene que dejárselo en partes iguales a sus herederos “forzosos” que son los cónyuges y los hijos. A falta de éstos, sería a sus padres (si están vivos), y si éstos han fallecido se continua la secuencia de grados de parientes que establece el Código y la jurisprudencia. Luego, el otro 50% es de libre disposición y uno se lo puede dejar a quien uno quiera, ya sea a personas naturales o a alguna entidad, lo que se llama persona jurídica, que podría ser un refugio de animales, una entidad sin fines de lucro, etcétera”, explicó Vélez.

Si no se deja testamento, es el juez quien determina a dónde van los bienes con la declaración de herederos que debe emitir.

“¿Quién debe hacer testamento? Las personas pueden tener muchas razones distintas deben hacer testamento. Puede ser porque le quiere dejar una propiedad a alguien, o porque se tienen hijos menores de edad o hijos discapacitados, o porque prevé que sus herederos se van a pelear por la herencia y se quiere evitar futuras disputas familiares. Todo aquel que no quiera que su herencia se divida en partes iguales, tiene que hacer testamento y realizar su propio diseño de cómo se va a partir su herencia entre sus herederos”, concluyó la abogada.