La jueza Gema González Rodríguez, del Tribunal de Fajardo, declaró “no ha lugar” a la moción radicada por la defensa de Jensen Medina Cardona en la que solicitaba la desestimación de los cargos que pesan en su contra por asesinato en primer grado y violación a la Ley de Armas, por el crimen de Arellys Mercado Ríos, el 18 de agosto del 2019 en Villa Marina en Fajardo.

“Lo expuesto por la Defensa en su moción de desestimación a nuestro juicio resulta insuficiente para sustentar su solicitud”, argumentó la jueza.

La moción fue radicada el 28 de julio por violación a su derecho constitucional a un debido proceso de ley. Su defensa encabezada por el licenciado Jorge Gordon, argumentó que el Ministerio Público no le informó que había ocupado y tenía bajo su custodia la grabadora del sistema de las cámaras de seguridad de Villa Marina en Fajardo, con la grabación original de las imágenes captadas el 18 y 19 de agosto del 2019.

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“No contamos con los elementos de juicio para evaluar una alegada violación al derecho constitucional a un debido proceso de ley por incumplimiento del Ministerio Público en descubrir la evidencia en controversia. Para hacer ese análisis, era necesario que la Defensa nos colocara en posición de poder concluir que las imágenes del vídeo grabado por Network video recorder (NVR) de Villa Marina son de tal calidad y materialidad que puedan calificarse como exculpatoria para propósitos de activar la protección constitucional invocada”, lee un fragmento de la Resolución emitida por la jueza.

El juicio en su fondo está pautado para continuar el 21 de septiembre.