El juez Rafael Taboas Dávila, del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, declaró este miércoles “no ha lugar” la petición de desestimación de los cargos que pesan contra la vendedora de jugos y que se hizo famosa por sus transmisiones en las redes sociales, Lisha Ramón Mejías.

Aunque frente al estrado la acusada se mantuvo tranquila, la joven comenzó a llorar y a sollozar una vez le dio la espalda al juez. Fue consolada por amistades que le acompañaron durante el proceso y su madre, Miguelina Mejías.

Ramón Mejías mantuvo silencio ante la prensa, debido a que entre las condiciones de libertad bajo supervisión electrónica que se le impusieron la semana pasada está el que no puede emitir comentarios públicos.

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Su abogado Pedro Rivera, sin embargo, expresó que su clienta y la familia, “todos, estábamos esperanzados de que se desestimara, porque nosotros entendemos que no están los elementos del delito”. Alegó que por esta razón se le vio llorando a Ramón Mejías.

Añadió que la joven, que padece de alopecia, “ahora (que no está en prisión) se le ve con un poquito más de vida, está más tranquila, está consciente de lo que está pasando”.

Informó, de paso, que la acusada está en proceso de comenzar a trabajar. No reveló en qué.

Dentro de la corte, entretanto, el juez lo que detalló fue que evaluó las mociones presentadas, las cuatro horas de audio de la vista preliminar y la demás prueba presentada. Manifestó que “todo evaluado en su contexto, además de la prueba, además de la vista en que inclusive testificó la parte imputada (Ramón Mejías), el tribunal declara no ha lugar la petición de desestimación”.

“Se ordena que el procedimiento siga el orden de curso”, añadió Taboas Dávila.

Ramón Mejías enfrenta cargos de agresión grave y violación al artículo 6.06 -portación y uso de armas blancas- de la Ley de Armas por un presunto enfrentamiento con otra fémina reportado en octubre pasado.

La determinación del juez lo que ocasiona es que prosiga el caso para el juicio en su fondo.

Luego de que el juez no diera paso a la desestimación, hubo un pequeño careo entre el abogado de la acusada y la fiscal Teresita del Rosario Morales Arteaga, por la presunta presencia de prueba exculpatoria. Fue una expresión del juez que alentaba sobre la posibilidad de que se degradara el cargo de agresión grave a menos grave lo que suscitó la controversia entre los litigantes.

Fueron pocos detalles los que se dieron a conocer de la controversia, ya que gira en torno a la presunta perjudicada de la agresión imputada a Ramón Mejías. Trascendió que su expediente médico no puede ser objeto de discusión pública. Pero, se escuchó mencionar entre el juez y el abogado que la perjudica presuntamente no recibió un “tratamiento prolongado” para una condición de la que no se dio detalles.

Rivera insistió en que la perjudicada presuntamente expresó en algunas instancias de las entrevistas que se le realizaron que “ella desconocía cómo ocurrieron las cosas”. Denunció que tal prueba exculpatoria se le ha denegado a Román Mejías para su defensa, ya sea para que se le desestimen los cargos o se le disminuya el cargo de agresión a uno menos grave, tal y como lo alertó el juez.

La fiscal, por su parte, reclamó que “en este caso no existe prueba exculpatoria”.

Alegó que Rivera había sacado información “fuera de contexto” y reiteró que el récord médico de la perjudicada no podía ser materia de discusión.

También recordó que “la declaración que hizo la parte perjudicada, (durante la vista preliminar), es la misma que consta de la declaración jurada”.

Tras la disputa y con una determinación de no desestimar los cargos, el caso pasó a la jueza que tendrá a cargo el juicio, Wanda Cruz Ayala.

En esta nueva sala judicial, Rivera informó que apelaría la decisión de no darle paso a la petición de desestimación.

De inmediato, la jueza pautó una vista de estado de los procedimientos para el 5 de abril. Se prevé que en esta fecha se paute los días del juicio.

A las afuera del tribunal, Rivera expuso que tiene 15 días para solicitar una reconsideración al juez Taboas Dávila. Indicó que seguirá este paso. De no tener éxito, analizaría si acude al Tribunal de Apelaciones.

Reiteró a la prensa que “las primeras expresiones que se hicieron de esa persona son totalmente exculpatorias. Esa persona no sabe cómo pasaron las cosas..., la alegada perjudicada”.

Los hechos imputados a Ramón Mejías ocurrieron durante la madrugada del domingo, 8 de octubre de 2023, cerca de un negocio en la intersección de la calle Sagrado Corazón con la avenida Eduardo Conde, en Santurce.

Según la querella radicada en su contra, a eso de las 5:30 a.m. mientras estaba de pasajera en una guagua Ford Escape manejada por una amiga, reconoció a la comerciante y esta (Lisha) se le acercó al cristal, manifestándole que lo bajara, que no le tenía miedo. Se alega que posteriormente Ramón Mejías agredió a la fémina.

La joven vendedora de jugos fue sumariada luego de que tras el proceso de Regla 6, se le fijara una fianza de $150,000. Esa fianza luego fue rebajada por la jueza Iraida Rodríguez Castro por solicitud de su defensa, para que mediante el mecanismo del tercer custodio -su madre- se le permitiera quedar en libertad bajo el Programa de Supervisión Electrónico con un grillete. La reducción fue a $3,000.

En diciembre, el tribunal le revocó la fianza tras múltiples violaciones a sus requisitos de libertad. Sin embargo, el pasado 14 de abril volvió a lograr su libertad. Se le colocó un grillete electrónico del tamaño de una mano en su pierna derecha.