Los puertorriqueños tienen derecho al Seguro Social Suplementario.

Así lo determinó este Viernes Santos el Tribunal de Primer Circuito de Apelaciones de Boston, al confirmar una decisión tomada hace ya un año por el juez presidente del Tribunal federal de Distrito, Gustavo Gelpí, quien determinó que este derecho les correspondía a los residentes en la Isla por ser ciudadanos estadounidenses.

Según el dictamen del Tribunal federal de Apelaciones, tomado por los jueces Juan Torruella, Jeffrey Howard y Ojetta Rogeriee Thompson, en una demanda radicada por los Estados Unidos contra un ciudadano residente en la Isla, “la exclusión de los residentes de Puerto Rico se declara inválida”.

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Precisa que “la exclusión categórica a los residentes de Puerto Rico del Seguro Social Suplementario no está racionalmente relacionada a los intereses legítimos del gobierno. Además, del registro establecido por las partes, hemos considerado incluso razones teóricas concebibles para el trato diferencial concedido por el gobierno. Al no haber encontrado un conjunto de hechos, ni el apelante alegando ninguna teoría adicional, estableciendo una base racional para la exclusión de los residentes de Puerto Rico de la cobertura de Seguro Social Suplementario, dicha exclusión de los residentes de Puerto Rico se declara inválida”.

La conclusión se alcanzó en el caso que se lleva contra el ciudadano José Luis Vaello Madero.

El 5 de febrero de 2019 el juez Gelpí desestimó una demanda del gobierno de Estados Unidos contra Vallejo Madero, que al mudarse de Nueva York a Loíza siguió recibiendo el dinero de esa partida de Seguro Social. En ese pleito, se le pedía al ciudadano que devolviera $28,000 bajo la premisa de que el Congreso ha legislado de que esa ayuda no aplica igual si vives en la Isla a si vives en Estados Unidos.

"El Congreso tampoco puede degradar ni marcar a esos ciudadanos de Estados Unidos con un estigma de ciudadanía inferior a la de sus hermanos a nivel nacional", resolvió Gelpí.

La página del Seguro Social establece que el Seguro Social Suplementario se paga a adultos y a niños discapacitados que tienen ingresos bajos y recursos limitados, así como a personas mayores de 65 años, que cumplan ciertos criterios económicos.