El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió una resolución en la que evaluará la moción de un convicto por cargos criminales a la luz de una reciente decisión del Tribunal Supremo de Estados Unidos que obligaría a que los veredictos criminales sean por decisión unánime.

La intervención se hace a solicitud de la defensa del acusado, Tomás Torres Rivera, quien acudió con una moción en auxilio de jurisdicción, para que le revocaran su dictamen condenatorio en virtud de Ramos vs. Louisiana. En ese caso federal, la condena fue 10 a 2, y el Tribunal Supremo de Estados Unidos revocó la decisión porque no fue unánime. A nivel estatal, en Puerto Rico también se permiten las condenas si un jurado votaba 9 a 3 a favor de la culpabilidad de un acusado.

Desde que se supo de la decisión federal a principios de la semana, cuatro expertos en Derecho consultados por Primera Hora advertían las implicaciones del fallo, incluso anticipando una avalancha de casos y dijeron que incluso podría aplicarse la decisión de forma retroactiva, lo que podría implicar que otras personas halladas culpables por décadas con veredictos no unánimes podrían recibir nuevos juicios

“Se ordena al procurador general comparecer y mostrar causa por la cual no debamos revocar el dictamen condenatorio emitido en contra del peticionario conforme a lo resuelto en Ramos v. Louisiana”, reza la resolución.

En el documento, el alto foro judicial le concede al procurador general de Puerto Rico hasta el primero de mayo para responder a las alegaciones de la defensa del convicto.

No se indica de la resolución de qué se le acusa a Torres Ramírez. En una búsqueda en el portal de consulta de casos de la Rama Judicial se indica que una persona con ese nombre fue acusada en el Tribunal de Primera Instancia de Guayama entre el 2015 y el 2014 por 10 cargos criminales, algunos vinculados a delitos de agresiones sexuales.

Rivera Schatz cree que no aplica, pero evalúa legislar para uniformar el derecho local al federal

El presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, informó hoy que evalúa legislar para que aquí en la isla también se aplique la norma de que los veredictos sean unánimes, pero opina que la decisión del Supremo federal no aplica a la isla.

“Sobre la decisión de la Corte Suprema de los Estados Unidos requiriendo UNANIMIDAD para condenar en casos de naturaleza penal, pienso que esa decisión, que APOYO TOTALMENTE, no aplica a Puerto Rico. El caso de Balzac v. Porto Rico del 1922 no ha sido revocado. Interpretaciones posteriores del Tribunal Supremo de EU no son muy claras en cuanto a ese asunto de la 6ta enmienda. Cuando el Tribunal Supremo ha querido reconocer un derecho fundamental para los ciudadanos americanos de Puerto Rico, lo ha hecho de manera clara y expresa”, dijo el también exfiscal.

Buenas tardes Puerto Rico: La iniciativa de conceder inmunidad civil a los profesionales de salud de la Gobernadora...

Posted by Thomas Rivera Schatz on Thursday, April 23, 2020

“Debemos evaluar el asunto y promover legislación. Soy de la opinión que para condenar en casos de naturaleza penal debe haber unanimidad y para absolver bastaría con un voto mayoritario del jurado. Ya hemos convocado un grupo de abogados para evaluar y preparar un informe con recomendaciones de posible legislación al respecto”, dijo Rivera Schatz.