El juez Anthony Cuevas Ramos acogió la moción de la Federación Puertorriqueña de Voleibol (FPV) y el Comité Olímpico de Puerto Rico (Copur) y desestimó por falta de jurisdicción la demanda radicada contra ambos organismos por las Sanjuaneras de la Capital en el Voleibol Superior.

Esa fue la sentencia del juez superior Anthony Cuevas Ramos luego de escuchar los argumentos de las tres partes en una vista celebrada el viernes pasado.

“En vista de lo anteriormente expuesto, se declaran Ha Lugar las mociones de desestimación presentadas por los demandados Comité Olímpico de Puerto Rico y la Federación Puertorriqueña de Voleibol. En su consecuencia se dicta Sentencia desestimando la demanda presentada por falta de jurisdicción”, escribió el juez en su sentencia de 27 páginas.

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Las Sanjuaneras, la FPV y el Copur entraron en el pleito porque el primer organismo no aprobó, basado en su reglamento, la sustitución de la jugadora refuerzo Destinee Hooker de San Juan para el inicio de la serie final ante las Criollas de Caguas. San Juan solicitó la sustitución porque Hooker pasaba por un embarazo de alto riesgo. La liga no considera un embarazo una lesión.

El equipo de San Juan fue suspendido eventualmente por un año al no comparecer en rebeldía a la serie final y, como consecuencia, las Criollas fueron declaradas campeonas.

La demanda de San Juan solicitaba que el juez revertir la decisión de la FPV de cancelar la serie final y de declarar campeonas a las Criollas de Caguas.

El juez Cuevas Ramos determinó que quien tiene la jurisdicción para atender el desacuerdo entre las Sanjuaneras y las FPV es la Corte de Arbitraje Deportivo (CAD) que está bajo la sombrilla del Comité Olímpico Internacional al que está afiliado el Copur y, por tanto, la FPV y las Sanjuaneras.

“En conclusión, ya que existe un organismo adjudicativo independiente para la solución de disputas relacionadas con el incumplimiento de las constituciones, reglamentos o procedimientos de las federaciones afiliadas, a cuya autoridad el demandante se sometió contractualmente, es la CAS quien tiene la jurisdicción exclusiva para dilucidar las controversias trabadas entre el COPUR y la Federación”, escribió Cuevas Ramos.

La FPV declaró dos veces ‘no ha lugar’ la petición de sustitución porque el reglamento para ese tipo de acción solamente considera razones de lesiones físicas. No consideró el embarazo como una lesión. Tampoco consideró enmendar el reglamento para incluir embarazos. Un tercer ‘no ha lugar’ fue decretado por el Tribunal Apelativo y Arbitraje Deportivo (TAAD) del Copur.

Según el juez, el siguiente recurso que debió agotar la parte demandante fue el CAS, en lugar de acudir al Tribunal de San Juan.

En la vista del viernes, los abogados de las demandantes dejaron entender que conocían sobre el recurso del CAS, pero que no acudieron a ese cuerpo porque les urgía una solución a la controversia.

Durante la controversia, Trabanco dijo por primera vez que situaciones de embarazo deben estar consideradas y presentes en el reglamento con la debida discusión de todos los sectores.

“Ciertamente, situaciones de salud, como es un embarazo, ameritan ser evaluadas con rigurosidad y respeto para futuros torneos”, escribió en un comunicado.

Natalia Valentín (centro) y las Sanjuaneras ya no cargan el año de suspensión que le impuso la FPV.
Natalia Valentín (centro) y las Sanjuaneras ya no cargan el año de suspensión que le impuso la FPV. (Sanjuaneras de la Capital)

Durante los días de espera por la decisión de Cuevas Ramos, la FPV confirmó el lunes en la mañana que dejó sin efecto las sanciones que impuso por un año a todas las jugadoras e integrantes del cuerpo técnico de las Sanjuaneras de la Capital

En un comunicado, la FPV explicó que las suspensiones a jugadoras y el elenco técnico respondió exclusivamente a lo que dictamina el reglamento y la constitución del organismo. Precisó que todas las suspensiones podían ser apeladas, según lo dictamina el reglamento, y que así atendió varias peticiones de reconsideración.

No obstante, afirmó que ha optado por retirar todas las suspensiones a jugadoras y directivos técnicos porque según ha recopilado por cortes de prensa, tanto las jugadoras como técnicos no acudieron a los juegos porque les fue prohibido por su empleador.