Las demandantes Sanjuaneras de la Capital y los demandados Federación Puertorriqueña de Voleibol (FPV) y el Comité Olímpico de Puerto Rico (Copur) expondrán hoy viernes sus pruebas ante el juez superior Anthony Cuevas Ramos, quien resolvería en la vista, o posteriormente, la controversia con la prueba que presenten las partes.

En resumen, esa son las acciones que ocurrirán en la vista de urgencia que inicia a las 9:00 a.m. de este viernes en el Tribunal de San Juan. La vista será por videoconferencia y la podrá seguir por la plataforma de primerahora.com.

Según dicta la orden, las Sanjuaneras solicitaron al juez Cuevas Ramos que, entre otros señalamientos, declare ilógica la posición de la FPV de prohibir por razón de embarazo la sustitución de una jugadora.

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También solicitaron que declare que la FPV “no actuó conforme a reglamento” y a legitimar “conductas discriminatorias” de la Federación.

Por último, las sanjuaneras solicitaron que Cuevas Ramos “revierta” la decisión de la FPV de cancelar la serie final del Voleibol Superior, así como su determinación de declarar campeonas a las Criollas de Caguas.

El licenciado Víctor Vélez opinó a este medio que el escollo que deben superar los abogados de las Sanjuaneras es el propio reglamento de la FPV, en el que no aparece la palabra “embarazo” como razón para aprobar la sustitución de una jugadora refuerzo. El reglamento solamente autoriza sustituciones por “lesión”.

Vélez agregó que la FPV expondrá que, procesalmente, las Sanjuaneras se adelantaron al acudir al Tribunal de San Juan porque, primero, tienen que agotar un recurso de reconsideración en la Federación Internacional de Voleibol por la que se rige la FPV. Vélez agregó que la FPV argumentará que ejecutó el reglamento aprobado por los apoderados de los equipos del Voleibol Superior, como el de las Sanjuaneras.

Vélez cree que las Sanjuaneras tienen espacio para demostrar que un embarazo se puede considerar una lesión. También entiende que Cuevas Ramos verá el caso en sus méritos aunque se pruebe que, procesalmente, los demandantes debieron acudir a la Federación Internacional antes del Tribunal.

Destinee Hooker de las San Juaneras de la Capital.
Destinee Hooker de las San Juaneras de la Capital. (Suministrada)

En la orden, las Sanjuaneras alegan que la FPV fue ilógica en su interpretación de las reglas y que actuó fuera de reglamento al prohibir la sustitución sin solicitar un “facultativo médico” para acreditar el embarazo.

Cuevas Ramos le adelantó a los representantes legales a estar listos en la vista para presentar pruebas y testigos, de ser éstos necesarios.

La vista en el Tribunal gira alrededor de la solicitud de las Sanjuaneras para sustituir su jugadora refuerzo Destinee Hooker por embarazo y la desautorización de esa acción por la FPV y el Tribunal Apelativo y Arbitraje Deportivo del Copur, porque el reglamento de la FPV provee para sustituir jugadoras por “lesión”, entre otros argumentos.

Como resultado, las Sanjuaneras no comparecieron en rebeldía a la serie final ante las Criollas y la FPV resolvió por reglamento cancelar la serie final, suspender al equipo de San Juan y declarar campeón al de Caguas.