Las Sanjuaneras de la Capital no se presentarán al Coliseo Roger Mendoza en Caguas para el inicio de la Serie Final de la Liga de Voleibol Superior Femenino contra las Criollas que estaba pautada para comenzar esta noche.

Marcos Martínez, apoderado del sexteto capitalino, sostuvo que radicó en el Tribunal de Primera Instancia una demanda de interdicto preliminar, interdicto permanente y sentencia declaratoria luego de que el Tribunal Apelativo y de Arbitraje Deportivo (TAAD) del Comité Olímpico de Puerto Rico (Copur) resolviera ‘no ha lugar’ a la petición de sustitución de la jugadora Destinee Hooker que dos veces fue negado la Federación Puertorriqueña de Voleibol.

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“Estoy agotando todos los recursos según el reglamento y el derecho”, sostuvo Martínez, quien confirmó que el equipo no presentará a ninguno de los encuentros mientras el Tribunal de Primera Instancia resuelve el caso.

La gerencia de las Sanjuaneras argumenta que Hooker está “inhabilitada médicamente” para comenzar la final. La franquicia sostiene que posee evidencia que certifica la incapacidad de la jugadora para estar en cancha y, por ello, solicita que se le permita sustituirla por otra jugadora refuerzo.

La Federación de Voleibol, sin embargo, no le dio paso a la petición original ni a la reconsideración. Martínez acudió al TAAD, pero tampoco tuvo éxito.

“El reglamento habla de lesión, no de condición. Una lesión no es lo mismo que una condición”, dijo el director de torneo, José ‘Picky’ Servera, sobre la decisión.

De hecho, Servera le envió a Martínez una comunicación escrita advirtiendo sobre las posibles violaciones a la Constitución y al Reglamento vigente. En el Artículo 1 del Código de Disciplina detalla que “ningún jugador, adiestrador, apoderado o equipos participantes en los torneos de la Federación Puertorriqueña de Voleibol podrá no presentarse a un juego sin justa causa”.

El reglamento dispone que dicha acción conllevaría a una suspensión mínima de un año.