La directriz emitida por el coronel José L. Caldero López en el 2015 cuando se desempeñaba como superintendente de la Policía solo permitía el transporte del gobernador como comandante en jefe de la Uniformada, a su familia inmediata y a los secretarios en funciones oficiales en los helicópteros de las Fuerzas Unidas de Rápida Acción (FURA).

La orden no se extendía al helicóptero Bell 429, que adquirió la administración de Alejandro García Padilla en el 2016 para ser utilizado como ambulancia aérea que posteriormente fue transferido del Departamento de Salud al Negociado de la Policía porque no cumplía para los fines por los que fue comprado.

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Sin embargo, una vez fue transferido a la agencia, la compañía Ecolift le montó equipo que no estaba aprobado ni por la empresa Bell ni de la Agencia Federal de Aviación (FAA) y por eso los pilotos de FURA, cuya licencia está de por medio, estaban impedidos de usarlo para transportar al Gobernador, asesores u otros civiles.

Los permisos originales eran para transportar solo al piloto, al paramédico y al paciente.

Sus expresiones fueron emitidas en reacción a la investigación que llevan a cabo la Administración Federal de Aviación (FAA) y la Oficina del Inspector General (OIG) sobre el presunto mal uso del helicóptero de FURA, por parte de La Fortaleza, luego de que el gobierno utilizara como subterfugio la orden emitida por Caldero López para justificar el uso que se les dio a las naves.

Caldero López aclaró que para el 2015 decidió solicitar la autorización a la FAA porque la seguridad de la familia del gobernador también era su responsabilidad al igual que la de cualquier otro funcionario de gobierno que estuviese en funciones oficiales.

Sin embargo, insistió en que nunca fueron multados por hacer uso indebido de los helicópteros.

“El helicóptero del que se ha hablado públicamente nunca estuvo en funciones en la Policía porque lo compró salud. Todos los helicópteros bajo mi administración se utilizaron conforme a los reglamentos y leyes pertinentes. Tuve una consulta con la agencia federal porque primero cuando emitieron las licencias de los helicópteros no se podían utilizar para civiles sino para ‘law enforcement’, entonces nosotros hicimos una consulta para que el señor gobernador como jefe de la Policía y su familia lo pudieran utilizar”, detalló Caldero López.

La orden administrativa no establece que era el Superintendente quien autorizaba que se transportaran a personas civiles en esos helicópteros.

“El uso de los helicópteros los rige las agencias federales, dependiendo la licencia que ellos tengan. Nosotros en base a eso es que emitimos la orden, pero el que tiene la responsabilidad del helicóptero es el piloto, porque cualquier anomalía en el uso es a él al que denuncian y puede perder su licencia. Eso es lo importante de eso”, observó Caldero López.

Agregó, que cada vez que se monta alguien en un helicóptero se tiene que llenar una bitácora en la que el piloto indica a quien transportó y cualquier otra observación como el nombre de quién le dio la instrucción de transportar civiles. Éste se expone a ser investigado, sancionado y hasta podría perder su licencia de aviación.

“Los helicópteros de la Policía se supone que sean para viajes oficiales, en caso como el señor Gobernador es el comandante en jefe de la Policía se extiende a él y a su familia…parte de la orden podría cubrir en aquel entonces si el gobernador va en una gestión oficial y va con un secretario, eso se entendía que era como parte extensiva de su oficina y eso se podía”, respondió Caldero López, quien aclaró que durante su administración no se movilizaban dos helicópteros como parte de su séquito.