El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos publicó este miércoles la lista de los patronos que no pagarán el bono de Navidad este año tras recibir 383 solicitudes de empresas privadas.

La agencia detalló que de las 383 solicitudes, aprobó 333 con exención total, aceptó 37 para pago de bono que no exceda el 15% de la ganancia neta y denegó 13.

“Al igual que ocurrió en el 2021, este año vemos un número de solicitudes dramáticamente bajo en comparación con años anteriores, lo cual puede ser interpretado como un reflejo, adicional a los indicadores económicos que se publican de tiempo en tiempo, de que la economía continúa en terreno positivo”, expresó en declaraciones escritas el secretario de la agencia, Gabriel Maldonado-González.

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El pasado 30 de noviembre concluyó la fecha límite para presentar la petición de exención, conforme a la Ley 148 de 30 de junio de 1969, según enmendada. La agencia señaló que los patronos que pidieron ser eximidos debieron sufrir pérdidas económicas o ganancias que resultaron insuficientes para cubrir la totalidad del incentivo, evidenciado por un estado de situación y de ganancias y pérdidas que haya sido auditado, firmado y sellado en original por un contador público autorizado con licencia vigente, así como un estado financiero interino que cubra el periodo hasta el 30 de septiembre de 2022.

Las exenciones totales o parciales implican que el patrono cumplió con el término y la forma de entregar la solicitud. La agencia mencionó que continuará la evaluación detallada de la solicitud e información presentada y, de encontrarse alguna incongruencia, el patrono se expone al pago del bono y las penalidades dispuestas en la ley.

“En el Departamento del Trabajo publicamos anualmente la lista de patronos a los cuales se les ha concedido o denegado la exención del pago de dicha compensación. Esto tiene como propósito que los trabajadores conozcan de antemano que su patrono presentó una solicitud de exención completa y durante el término dispuesto para ello, por lo cual no van a estar recibiendo el bono a menos que el Departamento del Trabajo posteriormente encuentre que la petición del patrono no está justificada conforme a la evidencia presentada. También, es un método de fiscalización ya que aquellos empleados con derecho a recibir el bono tras haber acumulado el mínimo de horas trabajadas que requiere la ley y que trabajen para patronos que no estén en el documento, deben ser remunerados en o antes del 15 de diciembre”, explicó Maldonado-González.

El secretario recordó que los empleados elegibles que no reciban el bono tienen el derecho de acudir al Negociado de Normas del Trabajo o al tribunal.